* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Ábrese un crédito suplementario por valor
de dos mil ciento un pesos moneda nacional ($ 2.101) para
reforzar la partida 7º del ítem 9º, inciso VI del Anexo B.
del Presupuesto vigente, cantidad destinada a la adquisición
de bancos para las escuelas fiscales de la Provincia.
Art.2º.- El gasto que demande su cumplimiento se imputará
a la presente Ley.
Art.3º.- Comuníquese al P. E.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura a trece
de enero de mil novecientos nueve.-