* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Autorízase al P.E. para invertir hasta la
suma de $ 5000. m/n en los estudios de las vertientes en el
primer distrito de Burruyacu comprendidas desde el río Ta-
jamar al norte hasta dar con el río Urueña con el objeto de
utilizar sus corrientes debiendo oportunamente dar cuenta a
la Legislatura de la realización de dichos trabajos.
Art.2º.- El gasto que ocasione el cumplimiento de la pre-
sente Ley se hará de rentas generales y se imputará a la
misma.
Art.3º.- Comuníquese, al P.E.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura a 16 de
Enero de 1909.-