* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de.
L E Y :
Artículo 1º.- Autorízase al P.E. para adquirir en compra
por la cantidad de CINCUENTA MIL PESOS NACIONALES una pro-
piedad ubicada en la parte norte de esta capital pertene-
ciente a los herederos del señor Santamarina compuesta de
veinte hectáreas cuadradas con todo lo en ellas edificado y
plantado y con destino a la instalación de la Estación
Experimental Agrícola de Tucumán.
Art.2º.- El pago de la expresada suma se efectuará con
los fondos que determina el presupuesto en vigencia en su
inciso 16, ítem 1º, partida 2 y con Rentas Generales impu-
tables estas a la presente ley mientras no se sancionen
fondos especiales con este objeto.
Art.3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a tres
de Julio de mil novecientos nueve.-