* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de.
L E Y :
Artículo 1º.- Ábrese al Ministerio de Gobierno un crédito
extraordinario hasta la cantidad de SEIS MIL PESOS NACIONA-
LES para abonar gastos hechos por la Junta Electoral Nacio-
nal con motivo de los trabajos preliminares para la elección
de un diputado al H. C. de la Nación que se verificó el día
30 de mayo del corriente año.
Art.2º.- Este gasto se hará de Rentas Generales con impu-
tación a la presente ley.
Art.3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
a dos de agosto de mil novecientos nueve.-