* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
man, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Destínase la suma de VEINTE MIL PESOS M/N
para contribuir a la construcción de un templo en la Villa
de Aguilares.
Art.2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
sente se hará de Rentas Generales imputándose a la misma.
Art.3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
a primero de diciembre de mil novecientos nueve.-