* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Ábrese un crédito extraordinario a la par-
tida primera del ítem 3º del inciso XIII por la suma de un
mil doscientos pesos m/n para atender los gastos de asisten-
cia pública y eventuales del Consejo de Higiene.
Art.2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
sente se hará de Rentas Generales con imputación a la misma.
Art.3º.- Comuníquese al P. E.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura a veinte
de octubre de mil novecientos diez.-