• Detalle de Ley

    Ley N°: 1062
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 20/10/1910
    Promulgada: 24/10/1910
    Publicada: 31/10/1910
    Boletin Of. N°: 690

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado y  Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de.
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.-  Ábrese un crédito especial por la cantidad
    de ocho cientos veintiocho pesos m/n., al Ministerio de Jus-
    ticia, Hacienda  é I. Pública, destinado al pago de los gas-
    tos verificados con  motivo del Censo de Población efectuado
    el día 23 de Mayo de 1909.
    
       Art.2º.- El  gasto  que  ocasione el cumplimiento de esta
    ley, se imputará a la misma.
    
       Dada en  la  Sala  de  Sesiones  de  la H. Legislatura, a
    veinte de octubre de mil novecientos diez.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    ABRE UN CREDITO ESPECIAL AL MINISTERIO DE JUSTICIA, HACIENDA E INSTRUCCIÓN PUBLICA PARA PAGO DE GASTOS CON MOTIVO DEL CENSO DE POBLACION A EFECTUARSE EL DIA 23/05/1909.-

  • Observaciones