* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de.
L E Y :
Artículo 1º.- Acuérdase un crédito extraordinario al De-
partamento de Justicia, Hacienda e Instrucción Pública por
la cantidad de veinte y nueve mil quinientos seis pesos con
setenta y cuatro centavos moneda nacional, destinado al pago
de créditos pendientes y saldos de cuentas del ejercicio
vencido de 1909, de conformidad con el detalle de la plani-
lla elevada por el Poder Ejecutivo.
Art.2º.- Este gasto se hará de Rentas Generales con
imputación a la presente ley.
Art.3º.- Comuníquese al P. E.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
a veinte y ocho días del mes de noviembre de mil novecientos
diez.-