* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Créase un impuesto adicional de medio cen-
tavo además del ya fijado en la ley de patentes vigente, por
kilogramo de azúcar elaborado en la Provincia, durante la
zafra del corriente año (1911).
Art.2º.- El P. E. reglamentará la percepción del impuesto
a que se refiere el artículo anterior.
Art.3º.- Comuníquese al P. E.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
a veintinueve de mayo de mil novecientos once.