• Detalle de Ley

    Ley N°: 1095
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 20/12/1911
    Promulgada: 27/12/1911
    Publicada: 30/12/1911
    Boletin Of. N°: 1030

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado y  Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.-  Ábrese un crédito extraordinario al Depar-
    tamento de  Gobierno,  Fomento y Obras Públicas, por la can-
    tidad total  de  catorce mil ciento cincuenta y un pesos con
    treinta y  nueve  centavos  nacionales  para abonar créditos
    reconocidos correspondientes  a  los  ejercicios  de  1909 y
    1910, de  conformidad con el detalle contenido en las plani-
    llas remitidas por el P. E., que obran en los expedientes Nº
    1112 y 2078 letra C., año 1911,  en la proporción siguiente:
       Por el ejercicio de 1909         $      167.75
        "  "      "     "  1910         "   13.983.64
                                  Total $   14.151.399
    
       Art.2º.- El gasto que demande la presente ley, se hará de
    Rentas Generales con imputación a la misma.
    
       Art.3º.- Comuníquese.
    
       Dada en  la  Sala  de  Sesiones  de  la H. Legislatura, a
    veinte de diciembre de mil novecientos once.
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    ABRE UN CREDITO EXTRAORDINARIO AL DEPARTAMENTO DE GOBIERNO, FOMENTO Y OBRAS PUBLICAS PARA EL PAGO DE CREDITOS PENDIENTES DE EJERCICIOS 1909 Y 1910.-

  • Observaciones