• Detalle de Ley

    Ley N°: 1098
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 20/12/1911
    Promulgada: 28/12/1911
    Publicada: 30/12/1911
    Boletin Of. N°: 1030

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado y  Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.- Autorízase al P. E., para invertir hasta la
    cantidad  de  veinte   mil  pesos  moneda  nacional,  en  la
    construcción de dos edificios, uno en "Villa Benjamín Aráoz"
    y en  la  de  "Burruyacu", el otro, destinados ambos al fun-
    cionamiento de  las  oficinas  públicas provinciales de esos
    lugares.
    
       Art.2º.- Este  gasto se hará de Rentas Generales, con im-
    putación a esta ley.
    
       Art.3º.- Comuníquese al P. E.
    
       Dada en  la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
    a veinte de diciembre de mil novecientos once.
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    DESTINA FONDOS PARA CONSTRUCCION DE DOS EDIFICIOS UNO EN AVENIDA BENJAMIN ARAOZ Y OTRO EN BURRUYACU PARA FUNCIONAMIENTO DE OFICINAS PUBLICAS.-

  • Observaciones