* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Autorízase al P. E., para invertir hasta la
cantidad de veinte mil pesos moneda nacional, en la
construcción de dos edificios, uno en "Villa Benjamín Aráoz"
y en la de "Burruyacu", el otro, destinados ambos al fun-
cionamiento de las oficinas públicas provinciales de esos
lugares.
Art.2º.- Este gasto se hará de Rentas Generales, con im-
putación a esta ley.
Art.3º.- Comuníquese al P. E.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
a veinte de diciembre de mil novecientos once.