* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Amplíase en cuarenta y cinco mil pesos mo-
neda nacional el Inciso XVII, Ítem 5º del Anexo B. del Pre-
supuesto de 1911.
Art.2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
sente ley, se hará de rentas generales con imputación a la
misma.
Art.3º.- Comuníquese al P. E.
Dada en la sala de sesiones de la Honorable Legislatura,
a veintiún días del mes de Mayo de mil novecientos doce.-