* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Amplíase en tres mil seiscientos pesos mo-
neda nacional, la partida 2, del ítem II, inciso IV del ane-
xo B. del presupuesto de 1911.
Art.2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
sente ley, se hará de rentas generales con imputación a la
misma.
Art.3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a vein-
tíun días del mes de mayo de mil novecientos doce.