• Detalle de Ley

    Ley N°: 1113
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 18/06/1912
    Promulgada: 21/06/1912
    Publicada: 25/06/1912
    Boletin Of. N°: 1173

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
                                 I
       Ley, fijando  el  sueldo  del  Gobernador y sus Ministros
    desde el próximo periodo
    
       El Senado  y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.- Desde el próximo período gubernativo, fíja-
    se el  sueldo  mensual  del Gobernador de la Provincia en la
    suma de mil seiscientos pesos moneda nacional.
    
       Art.2º.- Fíjase  asimismo,  e igualmente desde el próximo
    período gubernativo,  el  sueldo  mensual  de  los Ministros
    Secretarios del Despacho, en la suma de mil doscientos pesos
    moneda nacional.
    
       Art.3º.- Comuníquese al P. E.
    
      Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura, a
    diez y ocho días del mes de junio de mil novecientos doce.
    

  • Relaciones

    Derogada por Ley 8153

  • Resumen

    DISPONE INCREMENTAR EL SUELDO PARA GOBERNADOR Y MINISTROS
    DESDE EL PROXIMO PERIODO GUBERNATIVO.

  • Observaciones