* DEROGADA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Concédese licencia al Excmo. Sr. Gobernador
de la Provincia para concurrir a los festejos que se reali-
zarán en el corriente mes, en la ciudad de Salta, en cele-
bración del Centenario de la Batalla del 20 de febrero de
1813.
Art.2º.- Autorízase a hacer los gastos necesarios con es-
te objeto, los que se pagarán de Rentas Generales y se impu-
tarán a la misma.
Art.3º.-Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a vein-
te días del mes de mayo de mil novecientos trece.-