• Detalle de Ley

    Ley N°: 1139
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 19/05/1913
    Promulgada: 24/05/1913
    Publicada: 11/06/1913
    Boletin Of. N°: 1455

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado  y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.-  Apruébase los siguientes acuerdos dictados
    por el  P.  E. correspondientes al Departamento de Gobierno,
    Fomento y Obras Públicas:
       1º.- El de fecha 7 de enero de 1913, mandando pagar a fa-
    vor del  jardinero  del Palacio de Gobierno D. Manuel Aráoz,
    la cantidad  de Ciento veinte pesos m/n, por sus sueldos de-
    vengados en los meses de noviembre y diciembre de 1913.
       2º.- El  de fecha 8 del mismo mes y año, abriendo un cré-
    dito extraordinario  al  Departamento de Gobierno, Fomento y
    Obras Públicas por la cantidad de Veintisiete mil doscientos
    pesos m/n,  para  la  terminación definitiva de las obras de
    riego denominadas "Canales de Rio Chico".
       3º.- El  de fecha 1º de marzo de 1913, autorizando al De-
    partamento General de Irrigación para invertir hasta la can-
    tidad de  diez mil cincuenta y cuatro pesos, con veintisiete
    centavos m/n en las obras de reparación y limpieza en el de-
    rivado norte del canal de Río Chico.
       4º.- El  de fecha 31 del mismo mes y año, mandando abonar
    a favor del Departamento de Policía la cantidad de ochenta y
    siete mil  ciento treinta y tres pesos, con ochenta y cuatro
    centavos m/n,  importe del saldo que se le adeudaba por gas-
    tos verificados  por  el mismo Departamento durante los años
    1911 y 1912.
    
       Art.2º.- Comuníquese al P. E.
    
       Dada en  la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a diez
    y nueve de mayo de mil novecientos trece.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    APRUEBA DECRETOS DICTADOS POR EL PODER EJECUTIVO CORRESPONDIENTES AL DEPARTAMENTO DE GOBIERNO, FOMENTO Y OBRAS PUBLICAS REFERENTES A INVERSIONES DE FONDOS.-

  • Observaciones