* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Ábrese un crédito extraordinario al depar-
tamento de Gobierno, Fomento y Obras Públicas, por la can-
tidad de cinco mil pesos moneda nacional, para sufragar los
gastos que originen el estudio de la cuestión de límites in-
terprovinciales.
Art.2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
sente Ley, se hará de Rentas Generales con imputación a la
misma.
Art.3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a vein-
ticinco días del mes de Julio de mil novecientos trece.-