* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Concédese licencia a su Excelencia el Sr.
Gobernador de la Provincia, Dr. Ernesto E. Padilla, por el
término de dos meses para hacer uso de ella cuando por asun-
tos de la Administración Pública o por otras razones, tuvie-
ra necesidad de ausentarse del territorio de la Provincia.
Art.2º.- Comuníquese al P.E.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a ca-
torce días del mes de agosto de mil novecientos trece.-