* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Ábrese un crédito extraordinario al Depar-
tamento de Gobierno, Fomento y Obras Públicas por la canti-
dad total de treinta y tres mil novecientos setenta y dos
pesos con cuarenta y cinco centavos m/n, a los efectos si-
guientes:
Para abonar un saldo que se adeuda por la construcción de
los edificios para comisarías y juzgados de paz en las vi-
llas de Aguilares, Trancas, Cejas y Monteagudo $ 8.277.16
id por las obras de defensa practicadas en
los ríos Salí y Lules $ 3.428.62
id por la perforación de un pozo en Vi-
lla de Medinas $ 16.000.00
id por las ampliaciones y reparaciones
efectuadas en la Cárcel de Contraven-
tores $ 671.03
id por las obras de agua potable en
Marcos Paz y Yerba Buena $ 5.504.64
id por las obras de la Comisaría de Me-
dinas $ 90.00
id por los estudios para la provisión de
agua potable en Tafí Viejo $ 1.00
Total $ 33.972.45
Art.2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
sente ley se hará de Rentas Generales con imputación a la
misma.
Art.3º.- Comuníquese al P.E.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a diez
días del mes de noviembre de mil novecientos trece.