* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Déjase sin efecto las autorizaciones confe-
ridas al P. E. para efectuar gastos, de acuerdo con las le-
yes que a continuación se expresan y por los saldos que re-
sulten sin invertir en la fecha de la sanción de la presen-
te.
- Ley 27 de agosto de 1909 Art.1º, Inciso 3º, (Retiro de
letras de Tesorería)
- Ley 27 de agosto de 1909 Art.1º, Inciso 4º, (Retiro de
los títulos de la ley 16 de agosto de 1906)
- Ley 27 de agosto de 1909 Art.1º, Inciso 5º, (Pago de
la deuda flotante)
- Ley de 13 de noviembre de 1909 Art.1º, Inciso 1º (Canal
del Bajo de la Capital)
- Ley 13 de noviembre de 1909 Art.1º, Inciso 9º, (Estudio
de irrigación en el Departamento de Leales)
- Ley 13 de noviembre de 1909 Art.1º, Inciso 15, (Repara-
ción y ensanche del canal del Oeste)
- Ley 12 de noviembre de 1909 (Edificación escolar)
- Ley 5 de Junio de 1911 Art.2º, (Construcción del canal
de Monteagudo)
Art.2º.- Las letras de Tesorería en circulación, conti-
nuarán siendo retiradas por el Banco de la Provincia, quien
debitará en cuenta especial el importe de lo que abone, y la
Tesorería General de la Provincia reintegrará trimestralmen-
te el monto a cuyo efecto quedará el P. E. autorizado a ha-
cer uso de las Rentas Generales.
Art.3º.- Amplíase en las sumas que a continuación se ex-
presan los gastos autorizados por las leyes siguientes:
Ley 13 de noviembre de 1909 Art.1º, Inciso
2º, (estudios y construcción de puentes y
caminos).................................. $ 15.419,62
Ley 13 de noviembre de 1909 Art.1º, Inciso
5º, (para estudios de obras de riego)..... " 3.943,48
Ley 13 de noviembre de 1909 Art.1º, Inciso
7º, para la terminación definitiva de la
red de canales del Río Chico.............. " 37.809,15
Ley 31 de diciembre de 1910 (construcción
de canales en el Departamento de Chicli-
gasta).................................... " 71.000,00
Ley 2 de Junio de 1911 Art.1º, (construc-
ción de edificios escolares en la campaña) " 15.895,02
TOTAL........ $ 144.067,27
Art.4º.- Apruébase la suspensión de los obras del canal
denominado Monteagudo hasta la presentación del plan de rie-
go que debe formularse.
Art.5º.- Comuníquese al P. E.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a doce
días del mes de noviembre de mil novecientos trece.