• Detalle de Ley

    Ley N°: 1180
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: TRIBUTARIO
    Sancionada: 12/11/1913
    Promulgada: 21/11/1913
    Publicada: 29/11/1913
    Boletin Of. N°: 1592

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado  y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.- Exonérase de  impuestos provinciales por el
    término de  diez  años, inclusos los que correspondan por su
    institución, a las cooperativas agrícolas que se organicen y
    funcionen en  la Provincia durante los primeros diez años de
    la promulgación de esta ley.
    
       Art.2º.- Esta  exoneración  se  hace bajo las condiciones
    siguientes:
       a) Que  el  monto  total de las cooperativas no exceda de
    ciento cincuenta mil pesos m.n.
       b) Que en todo tiempo la mitad de los accionistas, por lo
    menos, sean agricultores.
       c) Estas  sociedades  se  constituirán y funcionarán como
    sociedades anónimas.
    
       Art.3º.- Comuníquese.
    
       Dada en  la  Sala  de  Sesiones  de  la H. Legislatura, a
    quince días del mes de noviembre de mil novecientos trece.
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    EXONERA DE IMPUESTOS A LAS COOPERATIVAS AGRICOLAS EN LA PROVINCIA.-

  • Observaciones