* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Autorízase al P. E. para hacerse cargo de
la deuda por valor de veinte y ocho mil pesos m.n., que pesa
sobre la propiedad ocupada por la escuela de Artes y Oficios
"General Belgrano", situada en la calle Chacabuco Nº 358,
bajo las siguientes condiciones:
a) Efectuado el pago de la deuda por P.E., éste quedará
subrogado en los derechos de los acreedores para rembolsar
se dicha suma en el término de diez años.
b) Si en este plazo, que empezará a correr desde que el
Gobierno haga entrega de dicha cantidad, no se cancela la
deuda, el inmueble expresado pasará a ser propiedad del
Estado.
Art.2º.- El gasto que origine el cumplimiento de la pre-
sente ley, se hará de Rentas Generales, con imputación a la
misma.
Art.3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a vein-
titrés días del mes de Diciembre de mil novecientos trece.-