• Detalle de Ley

    Ley N°: 1211
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: NO GENERALES
    Sancionada: 25/08/1914
    Promulgada: 25/08/1914
    Publicada: 01/09/1914
    Boletin Of. N°: 1810

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado y  Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.- Concédase a S. E. el señor Gobernador de la
    Provincia, la  licencia  solicitada  para ausentarse del te-
    rritorio de la misma, por el término de dos meses,  pudiendo
    hacer uso  de ella en la forma expresada en su nota de fecha
    21 del actual.
    
       Art.2º.- Comuníquese al P.E.
    
       Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a vein-
    ticuatro días del mes de agosto de mil novecientos catorce.
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    CONCEDE LICENCIA AL SEÑOR GOBERNADOR DE LA PROVINCIA.-

  • Observaciones