* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Autorízase al P.E. para invertir hasta la
suma de veinte mil pesos moneda nacional, en el fomento del
cultivo de arroz y otros cultivos que puedan aclimatarse en
el territorio de la Provincia.
Art.2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
sente ley, se hará de Rentas Generales con imputación a la
misma.
Art.3º.- Comuníquese al P.E.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a diez
días del mes de Noviembre de mil novecientos catorce.-