• Detalle de Ley

    Ley N°: 1235
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ADMINISTRATIVO
    Sancionada: 01/12/1914
    Promulgada: 13/01/1915
    Publicada: 15/01/1915
    Boletin Of. N°: 1919

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado  y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                                L E Y :
    
       Artículo 1º.- Autorízase al P.E. a invertir hasta la suma
    de diez  mil  pesos m/n., para que mande practicar los estu-
    dios necesarios  para  fijar  la zona que debe expropiarse a
    fin de  garantir  la  permanencia de los arroyos que se des-
    tinan al aprovisionamiento de agua de la ciudad de Tucumán.
    
       Art. 2º.- Autorízase igualmente al P.E. para que, una vez
    practicados los  estudios  a que el artículo anterior se re-
    fiere, proceda  a  expropiar la zona que resulte necesaria y
    practique  las que se requieran  para impedir la destrucción 
    de  los bosques y la contaminación de las  aguas superficia-
    les.
    
       Art. 3º.-  Declárase  de  utilidad pública los terrenos a
    expropiarse.
    
       Art. 4º.-  Los  gastos  que demande el cumplimiento de la
    presente ley,  se harán de Rentas Generales con imputación a
    la misma.
    
       Art. 5º.- Comuníquese.
    
       Dada en  la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a once
    días del mes de enero de mil novecientos quince.
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO A REALIZAR ESTUDIOS PARA EXPROPIAR TERRENOS CON EL FIN DE GARANTIZAR APROVISIONAMIENTO DE AGUA EN CAPITAL.-

  • Observaciones