• Detalle de Ley

    Ley N°: 1236
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 22/01/1915
    Promulgada: 27/01/1915
    Publicada: 29/01/1915
    Boletin Of. N°: 1931

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado y  Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.-  Los gastos de la Administración quedan fi-
    jados para el año mil novecientos quince, en la suma de seis
    millones trescientos ochenta y tres mil  novecientos diecio-
    cho pesos  con dos centavos moneda nacional, ($ 6.383.918,02
    m/n.).
    
       Art. 2º.- El Poder Ejecutivo queda autorizado para inver-
    tir esta suma de conformidad a los siguientes Anexos:
                             Anexo A
                      Departamento de Gobierno
                             Inciso I
    
                           Gobernación
    
    Ítem 1º
    1 - Gobernador                   1600
    2 - Secretario                    500
    3 - Auxiliar                      150
    4 - Escribano de Gobierno         150
    5 - Ordenanza                      85
    6 - Portero                        75
    7 - Cochero                        90
                                     2650    31800    31800
    
    Ítem 2
    1 - Gastos de etiqueta y repre-
        sentación                             4000
    2 - Gastos discrecionales                 3600
    3 - gastos de oficina y publica-
        ciones                                2500    10100
                                                      41900
                              Inciso II
                       Ministerio de Gobierno
                      Fomento y Obras Públicas
    
    Ítem 1º
    1 - Ministro                     1200
    2 - Subsecretario                 600
    3 - Oficial 1º                    350
    4 - Oficial 2º                    250
    5 - Encargado de la mesa de
        entradas                      l60
    6 - Auxiliar 1º                   150
    7 - Auxiliar 2º                   125
    8 - Encargado de copias a
        máquina                       100
    9 - Ordenanza archivero            90
    10- Ordenanza                      75
    11- Correo                         75
                                     3175    38100    38100
    
    Conservación del Palacio de Gobierno
    
    Ítem 2º
    1 - Intendente                    300
    2 - Mayordomo                     140
    3 - Electricista                  100
    4 - Telefonista                   100
    5 - Para limpieza y conservación
        de las Obras Sanitarias        70
    6 - Jardinero                      70
    7 - Cuatro peones a $60 c/u       240
                                     1020    12240    12240
                                                      50340
                               Inciso III
                               Legislatura
    
                          Cámara de Senadores
    
    Ítem 1º
    1 - Secretario                    600
    2 - Prosecretario                 450
    3 - Oficial                       250
                                     1300    15600    15600
    
    Ítem 2º
    1 - Gastos generales                      4000     4000
    
                        Cámara de Diputados
    
    Ítem 3º
    1 - Secretario                    600
    2 - Prosecretario                 450
    3 - Oficial                       250
                                     1300    15600    15600
    
    Ítem 4º
    1 - Gastos generales                      9000     9000
    
    Ítem 5º
    1 - Auxiliar de ambas Secretarías
        y encargado de la Biblioteca y
        del Archivo                   325
    2 - Intendente de ambas Cámaras   200
    3 - Mayordomo                     150
    4 - Tres Ordenanzas a $120 c/u    360
    5 - Peón                           70
                                     1105    13260    13260
    
    Ítem 6º
    1 - Para el Cuerpo de Taquígrados         5000
    2 - Para impresión del Diario de
        Sesiones de la H.Legislatura          1000
                                              6000     6000
    
    Ítem 7º
    1 - Para fomento de la Biblioteca
        de la H.Legislatura                   2000     2000
                                                      65460
                              Inciso IV
                     Departamento General de Policía
    
                           Intendencia
    
    Ítem 1º
    1 - Intendente                    800
    2 - Secretario                    325
    3 - Asesor letrado                210
    4 - Oficial 1º de Secretaría      250
    5 - Oficial 2º encargado de la
        estadística                   150
    6 - Encargado de la mesa de en-
        tradas                        130
    7 - Dos auxiliares a $80 c/u      160
    8 - Auxiliar escribiente a
        máquina                       120
    9 - Encargado de la Orden del
        Día                            80
    10- Sargento de Órdenes            85
    11- Cochero                        75
    12- Ordenanza                      75
    13- Portero                        75
                                     2535    30420    30420
    
    Comisaría de Órdenes
    
    Ítem 2º
    1 - Comisario de Órdenes          600
    2 - Auxiliar de la Comisaría de
        Órdenes                       125
    3 - Escribiente                    80
    4 - Ordenanza                      75
    5 - Correo                         70
    6 - Portero                        70
    7 - Encargado de relojes públicos  75
                                     1095    13140    13140
    
    Comisaría de Inspección
    
    Ítem 3º
    1 - Comisario Inspector           400
    2 - Comisario pagador             250
                                      650     7800     7800
    
    Alcaidía y Carcel de Contraventores
    
    Ítem 4º
    1 - Alcaide                       200
    2 - Dos escribientes a $80 c/u    160
    3 - Tres telefonistas a $70 c/u   210
                                      570     6840     6840
    
    Depósito y Archivo
    
    Ítem 5º
    1 - Encargado del Depósito        115
    2 - Escribiente                    80
                                      195     2340     2340
    
    Ítem 6º
    1 - Dos médicos para la Capital a
        $ 550 c/u,incluso viático    1100
    2 - Dos médicos para la Campaña,
        con residencia en Monteros y
        Concepción, a $300 c/u        600
    3 - Dos ayudantes de médicos a
        $ 130 c/u                     260
                                     1960    23520    23520
    
    Oficina de marcas
    
    Ítem 7º
    1 - Jefe                          200
    2 - Escribiente                    80
                                      280     3360     3360
    
    Tesorería
    
    Ítem 8º
    1 - Tesorero                      315
    2 - Tenedor de Libros             200
    3 - Encargado de valores y
        recaudador                    160
    4 - Liquidador                    150
    5 - Auxiliar                      150
    6 - Ayudante                       80
                                     1055    12660    12660
    
    Corralón de Policía
    
    Ítem 9º
    1 - Encargado del corralón        160
    2 - Capataz                        70
    3 - Cuatro peones a $60 c/u       240
    4 - Dos conductores de
        ambulancia a $70 c/u          140
                                      600     7200     7200
    
    Comisaría de Investigaciones
    
    Ítem 10
    1 - Comisario                     375
    2 - Subcomisario                  225
    3 - Cuatro Comisarios auxilia-
        res a $ 175 c/u               700
    4 - Subcomisario auxiliar         120
    5 - Dos escribientes a $90 c/u    180
    6 - Cinco encargados de identi-
        ficaciones a $70 c/u          350
    7 - Fotógrafo                     150
    8 - Seis agentes de 1ra.
        a $90 c/u                     540
    9 - Diez agentes de 2da.
        a $80 c/u                     800
    10- Diez id. de 3ra. a $75 c/u    750   
                                     4190    50280    50280
    
    Comisaría de Sección
    
    Ítem 11
    1 - Dos Comisarios de Sección
        a $ 275 c/u                   550
    2 - Tres Subcomisarios de
        Sección a $ 180 c/u           540
    3 - Seis Oficiales Inspecto-
        res a $ 120 c/u               720
    4 - Nueve Oficiales de Guardia
        a $ 90 c/u                    810
    5 - Seis Sargentos 1ros. a $85
        c/u                           510
    6 - Seis id. 2dos. a $75 c/u      450
    7 - Nueve Cabos a $70 c/u         630
    8 - Doscientos cuarenta Agentes
        de Infantería a $65 c/u             187200
                                     4210    50520   237720
    
    Comisaría del Matadero
    
    Ítem 12
    1 - Comisario                     220
    2 - Auxiliar                      130
    3 - Encargado control hacienda    100
    4 - Escribiente                    70
                                      520     6240     6240
    
    Comisarías de Campaña
    
    Ítem 13
    1 - Cuatro Comisarios de 1ra a
        $ 200 c/u                     800
    2 - Ocho Comisarios de 2da. a
        $ 170 c/u                    1360
    3 - Doce id. de 3ra. a $150 c/u  1800
    4 - Treinta y cinco id. a 4a. a
        $ 125 c/u                    4375
    5 - Veinte id. de 5a. a $110 c/u 2200
    6 - Doce Subcomisarios de Campa-
        ña a $ 95 c/u                1140
    7 - Veintiún Sargentos a $
        60 c/u                       1260
    8 - Para Trescientos treinta y
        cinco agentes a $55 c/u             221100
                                    12935   155220   376320
    
    Comisarías de Suburvios
    
    Ítem 14
    1 - Ocho Comisarios a $120 c/u    960
    2 - Para cuarenta y tres agentes
        a $ 55 c/u                           28380
                                      960    11520    39900
    
    Cuerpo de Bomberos
    
    Ítem 15
    1 - Jefe de Cuerpo de Bomberos    400
    2 - 2º Jefe   "     "    "        315
    3 - Mayor Inspector de Destaca-
        mentos                        260
    4 - Dos Capitanes a $230 c/u      460
    5 - Tres Tenientes 1ros. a $
        160 c/u                       480
    6 - Tres id. 2dos. a $130 c/u     390
    7 - Cuatro Subtenientes a $
        105 c/u                       420
    8 - Tres Sargentos 1ros. a $
        80 c/u                        240
    9 - Doce id. 2dos. a $75 c/u      900
    10- Veinte Cabos a $70 c/u       1400
    11- Ciento sesenta y cinco sol-
        dados a $ 65 c/u            10725
    12- Armero mecánico               100
    13- Maquinista ayudante            70
    14- Caballerizo                    65
    15- Chauffeur                     150
    16- para Director Banda de Música 130
    17- Para músicos                 1625
                                    18130   217560   217560
    
    Escuadrón de Seguridad
    
    Ítem 16
    1 - Mayor                         280
    2 - Teniente 2º                   130
    3 - Subteniente                   100
    4 - Dos Sargentos 1ros. a $
        80 c/u                        160
    5 - Dos id. 2dos. a $ 75 c/u      150
    6 - Cuatro Cabos a $ 70 c/u       280
    7 - Setenta soldados a $65 c/u   4550
    8 - Tres caballerizos a $65 c/u   195
                                     5845   70140    70140
    
    Banda de Música
    
    Ítem 17
    1 - Director                      350
    2 - Para músicos                  5000   64200    64200
                                                    1169640
                            Inciso V
    
                     Consejo de Higiene Pública
    
    Ítem 1º
    1 - Presidente                    500
    2 - Secretario                    225
    3 - Vocal Médico                  350
    4 - Vocal Químico (Director de la
        Oficina Química)
    5 - Inspector General y Jefe del
        servicio de desinfección      300
    6 - Auxiliar de Secretaría        110
    7 - Ordenanza archivero            85
                                     1570    18840    18840
    
    Ítem 2º
    1 - Cuatro auxiliares a $
        180 c/u                       720
    2 - Doce auxiliares a $ 190
        c/u (con Viático)            2280
                                     3000    36000    36000
                                                      54840
                            Inciso VI
     
                        Oficina Química
    
    Ítem 1º
    1 - Director                      750
    2 - Químico Subdirector           350
    3 - Cuatro Químicos ayudantes a
        $ 270 c/u                    1080
    4 - Secretario                    200
    5 - Tres Inspectores a $180c/u    540
    6 - Mozo del laboratorio          100
    7 - Dos peones a $50 c/u          100
                                     3120    37440    37440
    
                          Inciso VII
    
                Laboratorio de Bacteriología
    
    Ítem 1º
    1 - Para reorganizar el labora-
        torio de bacteriología               35000    35000
    
                                                      35000
                          Inciso VIII
    
                Departamento de Irrigación,
                 Hidráulica y Obras Públicas
    
                          Dirección
    
    Ítem 1º
    1 - Director (Superintendente de
        Irrigación y Director de Hi-
        dráulica y Obras Públicas)   1500    18000    18000
    
                          Secretaría
    
    Ítem 2º
    1 - Secretario                    325
    2 - Auxiliar                      150
    3 - Dactilógrafo                  120
    4 - Encargado de la mesa de
        entradas                      150
    5 - Escribiente                    90
    6 - Encargado de Archivo y eco-
        nomato                        150
    7 - Encargado del depósito
        de materiales                  90
    8 - Ordenanza                      75
    9 - Correo                         75
                                     1225    14700    14700
    
                           Contaduría
    
    Ítem 3º
    1 - Contador                      350
    2 - Tenedor de libros             250
    3 - Dos auxiliares del Tenedor
        de libros a $ 180 c/u         360
    4 - Dactilógrado                  120
    5 - Escribiente                    90
    6 - Habilitado pagador            250
    7 - Dos procuradores fiscales
        que cobran honorarios
                                     1420    l7040    17040
    
                       Departamento de Riego
    
    Ítem 4º
    1 - Inspector general de riego    500
    2 - Inspector de riego            250
    3 - Dactilógrado                  120
    4 - Nueve compartidores a
        $ 200 c/u                    1800
    5 - Tres guardianes de diques
        a $ 120 c/u                   360
    6 - Ocho tomeros a $ 110 c/u      880
    7 - Dieciocho tomeros a
        $ 90 c/u                     1620
    8 - Diez peones tomeros a
        $ 75 c/u                      750
                                     6280    75360    75360
    
                       Departamento de Hidráulica
                            y Obras Públicas
    
    Ítem 5º
    1 - Jefe                          800
    2 - Dos Ingenieros a $ 600 c/u   1200
    3 - Técnico (teniendo a su car-
        go la inspección de F.F.C.C.) 500
    4 - Arquitecto                    400
    5 - Tres ayudantes de 1ra. a
        $ 250 c/u                     750
    6 - Ayudante de 2da.              200
    7 - Dibujante proyectista         300
    8 - Dibujante de 1ra.             250
    9 - Dos dibujantes copistas
        a $ 180 c/u                   360
    10- Copista heliógrado            100
    11- Encargado de aguas corrien-
        tes de Villa General Mitre    120
    12- Encargado de aguas corrien-
        tes de Villas Yerba Buena y
        Marcos paz                    120
    13- Encargado del Parque Aconquija 60
                                     5160    61920    61920
    
                                                     187020
                          Inciso IX
    
                  Estación Experimental Agrícola
    
    Ítem 1º
    1 - para Estación Experimental
        Agrícola (Ley 27 de Junio
        de 1909)                             94032
                                             94032    94032
    
                          Inciso X
    
                   Escuela de Avicultura
    
    Ítem 1º
    1 - Para la Escuela de Avi-
        cultura                              18000
                                             18000    18000
    
                          Inciso XI
    
                   Gastos del Anexo A
    
    1 - Gastos de oficina, eventuales y
        publicaciones del Ministerio         20000
    2 - Actos cívicos                        20000
    3 - Cumplimiento de leyes electorales     5000
    4 - Gastos generales y de ofi-
        cina, eventuales y publica-
        ciones                               101900
    5 - Vestuarios y accesorios               57000
    6 - Alumbrado                             17000
    7 - Alquileres                            22000
    8 - Pasajes y viáticos                    51200
    9 - Manutención de presos                  7000
    10- Forraje y herraduras                  62000
    11- Asistencia de la Primera Infan-
        cia y Asistencia Pública              47600
    12- Asistencia veterinaria                 2400
    13- Conservación de diques, canales y
        obras de aguas potables               13200
    14- Gastos de estudios de obras públicas  25000
                                             451300  451300
    
                          Inciso XII
    
                          Subvenciones
    
    Ítem 1º
    1 - Para las bandas de música
        de Concepción, Monteros, A-
        guilares y Villa Alberdi a
        $ 300 mensuales cada una     1200
    2 - Al Tiro General Belgrado y
        Club Atlético de Concepción   100
    3 - Al Club Atlético de Tucumán   100
    4 - Al Lawn Tennis Club de Mon-
        teros                         100
    5 - Al Club Atlético Argentinos 
        del Norte                     100
                           
    6 - Al Tiro Suizo                 100
    7 - Al Tiro Argentino del Norte   100
    8 - A la Sociedad Rural                    2000
    9 - Para los padres del Oficial
        de Policía Miguel N.Segura,
        muerto en servicio                     1500
                                     1800     21600   25100
    
                          Inciso XIII
    
                        Obras Públicas
    
    Ítem 1º
    1 - Para refacciones y termina-
        ción de edificios fiscales            60000
    2 - Para el pago de obras de la
        Casa de Gobierno                      40000
    3 - Para caminos                          30000
    4 - Para perforaciones y dota-
        ción de aguas potables en
        la campaña                            30000
    5 - Para el Parque Centenario              4000
    6 - Para Obras de Irrigación             150000
    7 - Para terminar el Matadero de
        Medinas                                2000
    8 - Para terminar el Matadero de
        Lules                                  5000
    9 - Para arreglo y conservación de
        la Avenida Mate de Luna                5000
                                             326000  326000
    
                           Inciso XIV
    
    Ítem 1º
    1 - Para viveros de naranjos y adqui-
        sición de árboles frutales y
        fomento agrícola                      20000
                                              20000
                           Total del Anexo A......$ 2576072
    
                           Inciso XV
    
                   Inspección y Control de Comisiones
                          de Higiene y Fomento
                        (Ley del 26 de Julio de 1913)
    
    Ítem 1º
    1 - Inspector General             350
    2 - Contador                      300
    3 - Inspector                     250
    4 - Subinspector                  200
                                     1100     13200   13200
    
                      Resumen del Anexo A
    
    1 - Departamento de Gobierno              41900
    2 - Ministerio de Gobierno, Fomento
        y Obras Públicas                      50340
    3 - Legislatura                           65460
    4 - Departamento General de Policía     1169640
    5 - Consejo de Higiene Pública            54840
    6 - Oficina Química                       37440
    7 - Laboratorio de bacteriología          35000
    8 - Departamento de Irrigación,
        Hidráulica y Obras Públicas          187020
    9 - Estación Experimental Agrícola        94032
    10- Escuela de Avicultura                 18000
    11- Gastos del Anexo A.                  451300
    12- Subvenciones                          25100
    13- Obras Públicas                       326000
    14- Viveros de Naranjos y adqui-
        sición de árboles frutales y
        fomento agrícola                      20000
    15- Inspección y control de Comi-
        siones de Higiene y Fomento
        (Ley 26 de julio de 1913)   13200
               Total del Anexo A.         $ 2576072
    
                          Anexo B
    
                Departamento de Justicia, Hacienda
                    e Instrucción Pública
    
                          Inciso I
    
                         Ministerio
    
    Ítem 1º
    1 - Ministro                     1200
    2 - Subsecretario                 600
    3 - Oficial 1º                    350
    4 - Oficial 2º                    250
    5 - Encargado de Libramientos     200
    6 - Encargado de Mesa de Entra-
        das                           160
    7 - Auxiliar 1º                   150
    8 - Auxiliar 2º                   125
    9 - Ordenanza, encargado de co-
        pias del Boletín Oficial       90
    10- Portero                        75
    11- Correo                         75
                                     3275     39300   39300
    
                         Inciso II
    
                  Administración de Justicia
    
                         Corte Suprema
    
    Ítem 1º
    1 - Siete Vocales a $1000 c/u    7000
    2 - Ministro Fiscal              1000
    3 - Secretario de la Corte        600
    4 - Dos Secretarios de Salas a
        $ 575 c/u                    1150
    5 - Inspector de Juzgados de
        Paz                           400
    6 - Escribiente de la Inspec-
        ción de los Juzgados de Paz    80
    7 - Tres Oficiales 1ros. a $
        180 c/u                       540
    8 - Siete escribientes a $
        100 c/u                       700
    9 - Mayordomo                      90
    10- Tres Ordenanzas a $ 75 c/u    225
    11- Cochero                        80
                                    11865    142380  142380
    
    Ítem 2º
    1 - Cuatro Jueces de 1ra.Instan-
        cia en lo Civil y Comercial
        a $900 c/u                   3600
    2 - Cuatro Jueces en lo Criminal
        Instrucción y Correccional a
        $ 900 c/u                    3600
    3 - Dos Agentes Fiscales a
        $ 700 c/u                    1400
    4 - Dos Asesores de Pobres, Me-
        nores y Ausentes a $600 c/u  1200
    5 - Ocho Secretarios para los
        Juzgados de 1ra.Instancia
        en lo Civil y Comercial que
        cobran determinadas actua-
        ciones, a $ 200 c/u          1600
    6 - Seis Secretarios para los
        Juzgados del Crimen, Ins-
        trucción y Correccional, a
        $ 450 c/u                    2700
    7 - Ocho Oficiales 1ros, para
        los Juzgados de 1ra.Instan-
        cia en lo Civil y Comercial
        a $ 130 c/u                  1040
    8 - Dieciséis escribientes para
        los mismos a $100 c/u        1600
    9 - Cuatro Oficiales 1ros. para
        los Juzgados del Crimen,
        Instrucción y Correccional a
        $ 130 c/u                     520
    10- Ocho escribientes para id.
        a $ 100 c/u                   800
    11- Dos oficiales de Justicia a
        $ 200 c/u                     400
    12- Cuatro escribientes para los
        Agentes Fiscales y Asesores
        de Menores a $ 90 c/u         360
    13- Once ordenanzas, ocho para
        los Jueces y tres para los
        Fiscales y Asesores a $75 c/u 825
                                    19645    235740  235740
    
    Ítem 3º
    1 - Fiscal de Gobierno            900
    2 - Auxiliar de la Fiscalía e
        Inspección de Sociedades      160
    3 - Ordenanza                      75
                                     1135     13620   13620
    
    Ítem 4º
    1 - Defensor de menores           600
    2 - Secretario                    200
    3 - Escribiente                    90
    4 - Ordenanza                      75
                                      965     11580   11580
    
    Ítem 5º
    1 - Gastos de oficina y discre-
        cionales del Poder Judicial           15000
    2 - Para honorarios y pasajes             10000
    3 - Alquiler de casas para los
        Juzgados del Crimen           450
    4 - Bibliotecario                 100
    5 - Para fomento de la Biblio-
        teca                                   1200
    6 - Viáticos para Inspección de
        Juzgados de Paz                        1000
                                      550      6600   33800
    
                           Boletín Oficial
    
    Ítem 6º
    1 - Administrador                 200
    2 - Corrector de pruebas          125
    3 - Auxiliar                       85
    4 - Para el Boletín                       15000
                                      410      4920  457040
    
                        Inciso III
    
                      Justicia de Paz
    
                   Juzgados de la Capital
    
    Ítem 1º
    1 - Cuatro Jueces de Paz a
        $ 270 c/u                    1080
    2 - Dos Jueces de Cuartel a
        $ 130 c/u                     260
    3 - Cuatro Oficiales de Justi-
        cia a $ 100 c/u               400
    4 - Cuatro escribientes a
        $ 90 c/u                      360
                                     2100     25200   25200
    
    Ítem 2º
    1 - Diecinueve Jueces de Paz de
        1ra. categoría encargados
        del Registro Civil en Fa-
        maillá 1º y 2º,Monteros 1º
        y 2º,Chicligasta 1º y 2º,
        Ranchillos, Cruz Alta 1º y
        2º, Graneros 1º y 2º, Agui-
        lares, Tafí 1º, Bella Vista,
        Medinas, Villa Quinteros,Bu-
        rruyacu 2º, Tafí Viejo y Vi-
        lla Alberdi a $ 150 c/u      2850
    2 - Doce Jueces de Paz de 2ª.ca-
        tegoría encargados del Regis-
        tro Civil en Río Chico 2º,Ta-
        fí 2º, La Madrid, San Pedro
        de Colalao, Leales 1º y 2º,
        Burruyacu 1º, Raco, Trancas
        1º y 2º, El Bracho y Río
        Colorado a $ 130 c/u         1560
    3 - Ocho Jueces de Paz de 3ª.ca-
        tegoría encargados del Regis-
        tro Civil en Colalao del Va-
        lle,Amaicha, Taco Ralo, Sar-
        miento, Cejas, Acheral, Los
        Quilmes y Estación Garmendia
        a $ 110 c/u                   880
    4 - Cincuenta escribientes a
        $ 80 c/u                     4000
    5 - Dos Oficiales de Justicia
        para Monteros y Concepción
        $ 90 c/u                      180
                                     9470    113640  113640
    
    Ítem 3º
    1 - Alquiler de casas para los
        Juzgados de Paz y de Cuartel           9000
    2 - Gastos de oficina de los Juz-
        gados de Paz de la Capital     40
    3 - Gastos de oficina para dieci-
        siete Juzgados de lra. cate-
        goría a $ 10 c/u              170
    4 - Gastos para veintitrés Juzga-
        dos de 2ª. y 3ª. categoría a
        $ 5 c/u                       115
    5 - Para muebles de los Juzgados
        de Paz                                 1000
                                      325     13900   13900
                                                     152740
    
                          Inciso IV
    
                    Contaduría General
    
    Ítem 1º
    1 - Contador General              600
    2 - Oficial Mayor Jefe de la
        Sección Contabilidad          400
    3 - Oficial Mayor, Jefe de la
        Sección Administrativa        400
    4 - Dos Tenedores de libros de
        1ra. a $ 280 c/u              560
    5 - Oficial 1º                    280
    6 - Secretario                    230
    7 - Tres Tenedores de libros de
        2da. a $ 230 c/u              690
    8 - Dos Tenedores de libros de
        3a. a $ 200 c/u               400
    9 - Dos auxiliares de lra. a
        $ 170 c/u                     340
    10- Auxiliar de 2a.               140
    11- Dos auxiliares de 3ra. a
        $ 120 c/u                     240
    12- Archivero                     120
    13- Tres auxiliares de 4ª. a
        $ 100 c/u                     300
    14- Ordenanza                      75
                                     4775     57300   57300
    
                           Inciso V
    
                   Dirección General de Rentas
    
    Ítem 1º
    1 - Director                      500
    2 - Oficial Mayor, encargado del
        impuesto al azúcar            400
    3 - Tenedor de libros de 1ra.
        categoría                     280
    4 - Tenedor de libros de 2da.
        categoría                     200
    5 - Cajero y encargado de valo-
        res                           200
    6 - Encargado de padrones e in-
        formes judiciales             160
    7 - Auxiliar                      115
    8 - Encargado de la mesa de en-
        tradas y archivero            100
    9 - Tres escribientes a $80 c/u   240
    10- Cuatro Inspectores a
        $ 230 c/u                     920
    11- Cuatro procuradores fisca-
        les para las receptorías de
        la Capital y Cruz Alta a $
        125 c/u                       500
    12- Diez procuradores fiscales
        de las Receptorías de Rentas
        de la Campaña a $ 100 c/u    1000
    13- Tres oficiales de justicia
        de las Receptorías de la Ca-
        pital y Cruz Alta a $85 c/u   255
    14- Almotacén                     210
    15- Ayudante del almotacén e ins-
        pector                        100
    16- Ordenanza                      75
                                     5255     63060   63060
    
                          Inciso VI
    
                      Tesorería General
    
    Ítem 1º
    1 - Tesorero General              500
    2 - Subtesorero y tenedor de
        libros                        330
    3 - Auxiliar                      160
    4 - Ordenanza                      75
    5 - Fallas de caja                          300
                                     1065     12780   13080
    
                          Inciso VII
    
                      Carcel Penitenciaria
    
    Ítem 1º
    1 - Director                      450
    2 - Médico                        250
    3 - Secretario Tesorero           200
    4 - Tenedor de libros             200
    5 - Alcaide                       300
    6 - Escribiente de Alcaidía        80
    7 - Cuatro conserjes a $100 c/u   400
    8 - Catorce celadores a $90 c/u  1260
    9 - Dos maestros de escuela a
        $ 90 c/u                      180
    10- Capellán                       60
    11- Dos ordenanzas a $60 c/u      120
    12- Mujer encargada de la requi-
        sa de las personas de su sexo
        que concurran al estableci-
        cimiento                       40
    13- Cochero de la ambulancia       60
                                     3600     43200   43200
    
                        Talleres de la Carcel
    
    Ítem 2º
    1 - Jefe de depósitos y auxi-
        liar de la contabilidad de
        talleres                      150
    2 - Jefe de taller de carpinte-
        ría                           150
    3 - Regente de imprenta           150
    4 - Jefe de taller de sastrería   120
    5 - Jefe del taller de zapatería  120
    6 - Encuadernador tipógrafo       120
    7 - Rayador y encuadernador       120
    8 - Maquinista del taller de
        Imprenta                      120     12600   12600
                                                      55800
    
                         Inciso VIII
    
                 Oficina de Estadísticas y del
                           Trabajo
    
    Ítem 1º
    1 - Director                      575
                                      575      6900    6900
    
                       Sección Estadísticas
    
    Ítem 2º
    1 - Oficial Mayor                 250
    2 - Revisador                     150
    3 - Tres compiladores a $115 c/u  345
    4 - Dos auxiliares a $90 c/u      180
    5 - Ordenanza                      70
                                      995     11940   11940
    
                       Sección del Trabajo
    
    Ítem 3º
    1 - Encargado del Registro de
        Colocaciones                  150
    2 - Encargado de Estadística      115
    3 - Mensajero                      50
                                      315      3780    3780
                                                      22620
    
                           Inciso IX
    
                         Archivo General
    
    Ítem 1º
    1 - Jefe                          450
    2 - 2º Jefe                       250
    3 - Cuatro Oficiales a $125 c/u   500
    4 - Oficial revisador encargado
        de la entrega de documentos   140
    5 - Dos auxiliares (mujeres) a
        $ 90 c/u                      180
    6 - Tres escribientes (mujeres)
        a $80 c/u                     240
    7 - Mayordomo                      75
    8 - Ordenanza                      75
                                     1910     22920   22920
    
                           Inciso X
    
                Registro de Propiedades y Mandatos
    
    Ítem 1º
    1 - Jefe                          450
    2 - 2º Jefe                       250
    3 - Encargado de la mesa de en-
        tradas                        125
    4 - Encargado de la mesa de es-
        tadística                     125
    5 - Dos encargados de la expe-
        dición de informes a $125 c/u 250
    6 - Tres encargados del registro
        de compra-venta a $125 c/u    375
    7 - Encargado del registro de
        hipotecas, embargos e
        inhibiciones                  125
    8 - Auxiliar del mismo             90
    9 - Portero                        70
                                     1860     22320   22320
    
                          Inciso XI
    
                         Registro Civil
    
    Ítem 1º
    1 - Director                      450
    2 - Secretario                    200
    3 - Inspector del Registro
        Civil y encargado de padro-
        nes cívicos                   200
    4 - Oficial revisador de actas    105
    5 - Auxiliar archivero             80
    6 - Auxiliar encargado de la
        mesa de entradas               80
    7 - Encargado de la sección ma-
        trimonios                     250
    8 - Oficial de la misma           105
    9 - Encargado de la sección
        nacimientos                   250
    10- Oficial de la misma           105
    11- Dos escribientes para la
        misma a $ 80 c/u              160
    12- Encargado de la sección
        defunciones                   250
    13- Oficial de la misma           105
    14- Dos escribientes para la
        misma a $ 80 c/u              160
    15- Encargado del registro civil
        de los Hospitales              80
    16- Ordenanza                      75
                                     2655     31860   31860
    
                          Inciso XII
    
                        Educación Común
                   Consejo General de Educación
    
    Ítem 1º
    1 - Presidente                    700
    2 - Dos Vocales a $300 c/u        600
    3 - Secretario                    330
    4 - Oficial 1º                    200
    5 - Oficial 2º                    180
    6 - Auxiliar de Secretaría         90
    7 - Jefe de estadística           250
    8 - Auxiliar de id.                90
    9 - Médico                        250
    10- Encargado de la mesa de
        entradas                      105
    11- Tesorero, incluso $15 para
        fallas de caja                300
    12- Auxiliar de id.                90
    13- Tenedor de libros             180
    14- Auxiliar de libros            150
    15- Inspector general             350
    16- Subinspector general          275
    17- Ocho inspectores a $210 c/u  1680
    18- Inspector de música           150
    19- Auxiliar de la Inspección
        general                       100
    20- Encargado del depósito        150
    21- Peón de id.                    60
    22- Dos ordenanzas a $75 c/u      150
    23- Correo                         50
                                     6480     77760   77760
    
                  Escuela Superior de Concepción
    
    Ítem 2º
    1 - Director                      200
    2 - Diez maestras de grado a
        $ 100 c/u                    1000
    3 - Profesora de labores           90
    4 - id. música                     90
    5 - Ordenanza                      50
                                     1430     17160   17160
    
                        Escuelas Públicas
    
    Ítem 3º
    1 - Cinco Directores de escue-
        las superiores en la ciu-
        dad a $ 200 c/u              1000
    2 - Siete Directores de escue-
        las elementales de 1ra. ca-
        tegoría en la capital a $
        170 c/u                      1190
    3 - Diez Directores de escuelas
        elementales de 2da. catego-
        ría de la capital a $
        140 c/u                      1400
    4 - Veintidós Directores de
        escuelas elementales de la
        campaña a $120 c/u           2640
    5 - Veinte Directores de escue-
        las infantiles para la ciu-
        dad a $ 120 c/u              2400
    6 - Ciento ochenta Directores
        de escuelas para la campa-
        ña a $ 100 c/u              18000
    7 - Cincuenta maestros de 1ra.
        categoría a $100 c/u         5000
    8 - Cincuenta maestros de 2ª.
        categoría a $ 95 c/u         4750
    9 - Trescientos maestros de 3ª.
        categoría a $ 90 c/u        27000
    10- Veinte maestros para las
        escuelas particulares a
        $ 90 c/u                     1800
    11- Cientocinco ayudantes a
        $ 70 c/u                     7350
    12- Veintisiete conserjes a
        $ 55 c/u                     1485
    13- Para las escuelas de adultos 1500
    14- Cursos temporarios para mes-
        tros sin diploma                       4200
                                    75515    906180  910380
    
                     Enseñanza Especial
    
    
    Ítem 4º
    1 - Profesor de Caligrafía         85
    2 - id.          Dibujo           120
    3 - Dos Profesores de Gimnasia
        $ 120 c/u                     240
    4 - Dos Profesores de Gimnasia
        a $ 100 c/u                   200
    5 - Tres Profesores de Música
        a $ 70 c/u                    210
    6 - Tres Profesoras de lra. ca-
        teforía a $ 100 c/u           300
    7 - Doce profesoras de labores
        y economía doméstica a $
        70 c/u                        840
    8 - Afinador y compositor de
        pianos                         70
    9 - Profesor de trabajo manual     90
    10- id.           telegrafía       85
                                     2240     26880   26880
    
                        Gimnasios Escolares
    
    Ítem 5
    1 - Dos Directores de Gimnasios
        de lra. categoría a $170 c/u  340
    2 - Dos Directores de Gimnasios
        de 2ª. categoría a $120 c/u   240
    3 - Cinco celadores a $75 c/u     375
    4 - Mayordomo de gimnasio de
        1ra categoría                 70
    5 - Mayordomo de Gimnasio de 2a.
        categoría                      65
    6 - Gastos de peones y arreglo
        de Gimnasios                           4000
                                     1090     13080   17080
    
                   Escuela Práctico-Rurales
    
    Ítem 6º
    1 - Para Escuelas Práctico-Rura-
        les en la Campaña                      9000
                                               9000    9000
    
    Ítem 7º
    1 - Compra de muebles, textos y útiles    60000
    2 - Refacción de edificios escolares      20000
    3 - Edificación escolar                   70000
                                             150000  150000
    
    Ítem 8º
    1 - Gastos de oficina y eventuales         5800
    2 - Publicaciones e impresiones            4000
    3 - Alquileres de casas para
        escuelas                             140000
    4 - Compostura de mobiliario               1700
    5 - Viático para inspectores y
        personal administrativo en
        servicio                              10000
    6 - Indemnización de residencia
        pra maestros diplomados en lu-
        gares apartados de la campaña         10000
    7 - Fletes                                 3000
    8 - Conmemoración de fiestas patrias
        en las Escuelas                        1000
                                             175500  175500
                                                    1383760
    
                           Inciso XIII
    
                   Academia de Bellas Artes
    
    Ítem 1º
    1 - Director Técnico y profesor
        de piano (curso superior)
        armonía y contrapunto         500
    2 - Tres cátedras de piano
        (cursos inferiores) a
        $ 150 c/u                     450
    3 - Dos cátedras de piano (cur-
        sos preparatorios) a $
        125 c/u                       250
    4 - Cátedra de canto              200
    5 - Cátedra de arpa               150
    6 - Cátedra de violín (curso
        superior)                     200
    7 - Cátedra de violín (curso in-
        ferior) y viola               200
    8 - Cátedra de violoncello y con-
        trabajo                       200
    9 - Dos cátedras de teoría y di-
        visión (curso superior) a
        $ 150 c/u                     300
    10- Tres cátedras de teoría y di-
        visión (curso inferior) a
        $ 125 c/u                     375
    11- Cátedra de dictado musical    150
    12- Cátedra de armonía comple-
        mentaria                      100
    13- Cátedra de solfeo cantado     100
    14- Cátedra de pintura            280
    15- Cátedra de dibujo (clase
        diurna)                       200
    16- Cátedra de arte decora-
        tivo (clase nocturna)         200
                                     3855     46260   46260
    
    Ítem 2º
    1 - Secretario, Contador y
        Tesorero                      170
    2 - Regente celador               160
    3 - Celadora                      110
    4 - Cobrador y conserje           100
    5 - Ordenanza                      75
                                      615      7380    7380
                                                      53640
    
                          Inciso XIV
    
                    Universidad de Tucumán
    
    Ítem 1º
    Para la Universidad de Tucumán            50000   50000
                  Escuela Pedagógica Sarmiento
    
    Ítem 2º
    1 - Directora                     300
    2 - Vicedirectora                 230
    3 - Secretaria                    150
    4 - Quince cátedras para los
        cursos a $ 160 c/u           2400
    5 - Cátedra de agricultura        160
    6 - Dos cátedras de economía
        domestica a $ 150 c/u         300
    7 - Cátedras de francés           150
    8 - Once cátedras de enseñanza
        especial a $ 120 c/u         1320
    9 - Diez maestros de grado a
        $ 120 c/u                    1200
    10- Dos conserjes a $50 c/u       100
    11- Para material de enseñanza
        y gastos especiales                    3000
                                     6310     75720   78720
                                                     128720
    
                          Inciso XV
    
                         Gastos Varios
    
    Ítem 1º
    1 - Gastos de Oficina,eventua-
        les y publicaciones del Mi-
        nisterio                              10000
    2 - Gastos generales y de Ofi-
        cina                                  27060
    3 - Gastos de recaudación                 80000
    4 - Publicaciones e impresio-
        nes                                   15100
    5 - Alquileres                             7200
    6 - Gastos de Oficina, pago de
        fletes, gastos de encuader-
        nación, compra de carpetas
        y cajas y arreglo del ar-
        chivo                                 15000
    7 - Manutención de presos                 75000
    8 - Vestuario                              5500
    9 - Viático                                2140
    10- Muebles                                3900
    11- Para la ejecución de la Ley
        de creación del Museo de
        productos naturales y ar-
        tificiales                            10000
                                             250900  250900
    
                          Inciso XVI
    
                      Culto y Beneficencia
    
    Ítem 1º
    1 - Subvención a la Sociedad de
        Beneficencia para el Asilo,
        con destino a sueldos de
        las Hermanas, artículos de
        alimentación, ropa para los
        asilados, alojamiento y ma-
        nutención de alienados, etc.          20000
    2 - A la Cárcel correccional de
        mujeres                               11000
    3 - Al Hospital de Niños                  10000
    4 - Para la Gota de leche del
        Hospital de Niños                     10000
    5 - Para la instalación y sos-
        tenimiento de la Gota de
        leche del Asilo Maternal              12000
    6 - Al Asilo de menores León
        XIII de las Hermanas Jose-
        finas                                  3600
    7 - Al Hospital de Monteros               12000
    8 - Al Hospital de Medinas                 6000
    9 - A las conferencias de San
        Vicente de Paul del Buen
        Pastor                                 2000
    10- Para la Iglesia de Aguilares           2000
    11-  "   "     "    " Concepción           2000
    12-  "   "     "    " La Cocha y
        Graneros                               2000
    13- Para la Iglesia de San Pedro
        de Colalao                             1000
    14- Para la Iglesia de Santa Ana           1000
    15-  "   "     "    " Villa Al-
        berdi                                  1000
    16- Para la Iglesia de Timbó               1000
    17-  "   "     "    " Las Talas            1000
    18-  "   "     "    " Trancas              1000
    19-  "   "     "    " Alderetes            2000
    20-  "   "     "    " Sueldos              1000
    21- A las Madres cristianas para
        la escuela de servicio do-
        méstico                                2400
    22- A la Iglesia Catedral para
        expedición de datos estadís-
        ticos y copia de documentos
        públicos a los Tribunales      50
    23- Para la conducción del viáti-
        co de las cuatro parroquias
        de la Capital                 100
    24- Al Asilo Maternal y Sala Cuna         12000
    25- Al Templo de la Catedral      200
    26- "    "    "   " Merced        200
    27- Al Obispado                   200
    28- A la Vicaría General           50
    29- A la nuevas Parroquias a $
        100                           200
    30- Al Asilo de las Conferencias
        de San Vicente de Paul de la
        Catedral                      100
    31- Para la creación del servi-
        cio de primera infancia en
        el Hospital de Niños                   8000
    32- Para el Hospital de Concep-
        ción                                   6000
                                     1100     13200  143200
    
                          Inciso XVII
    
                          Subvenciones
    
    Ítem 1º
    1 - Veinte becas de $ 25 c/u pa-
        ra las escuelas de Parteras
        a distribuirse entre aspi-
        rantes de la campaña          500
    2 - Veinte becas en los cursos
        de la Escuela Pedagógica
        Sarmiento a $ 20 c/u          400
    3 - Treinta becas en las Escue-
        las Normales a $ 20 c/u       600
    4 - Treinta becas para los alum-
        nos de los Departamentos a
        $ 30 c/u                      900
    5 - Diez becas para la Escuela
        Nacional de Comercio a $ 20
        c/u                           200
    6 - Siete becas al Seminario Con-
        ciliar a $ 30 c/u             210
    7 - Cinco becas para la Escuela
        de Profesores a $ 50 c/u      250
    8 - A Manuel Villarrubia Norry
        para estudiar pintura en Eu-
        ropa (Ley del 30 de Julio de
        1913)                         200
    9 - Al Asilo San Miguel (Escuela
        de Artes y Oficios)           300
    10- A la Escuela de las Esclavas
        del Corazón de Jesús          100
    11- A las Terciarias Dominicas
        de la Capital                 500
    12- A la Escuela Santa Rosa de
        las Terciarias Dominicas de
        la Capital                    100
    13- A la Escuela de las Tercia-
        rias Dominicas de Monteros    100
    14- A la Escuela de Santo Domingo 100
    15- A la Escuela de San Francisco 100
    16- A la Escuela de las Josefina  100
    17- Al Buen Pastor                300
    18- Al Asilo de la Sagrada Fami-
        lia                           250
    19- A la Escuela nocturna del Co-
        razón de María                200
    20- A las Terciarias Franciscanas 400
    21- A la Biblioteca Alberdi       300
    22- A la Sociedad Sarmiento       300
    23- Para fomento de la Bibliote-
        ca Mitre de Monteros          150
    24- A la Biblioteca del Magiste-
        rio                           100
    25- A la Sociedad Amadeo Jacques  130
    26- A la Escuela de Artes y Ofi-
        cios de niños pobres          150
    27- Para la biblioteca del Apos-
        tolado                        100
    28- Para la biblioteca de Lules             500
    29-  "   "      "      " Concep-
        ción                                    500
    30- Para la biblioteca de La Co-
        cha                                     500
    31- Para la biblioteca de Famai-
        llá                                     500
    32- Para la biblioteca de Aguila-
        res                                     500
    33- Para la biblioteca de Tran-
        cas                                     500
    34- Para la biblioteca de Ave-
        llaneda de los Padres Ma-
        ristas                                  500
    35- Para la Colonia de vacacio-
        nes                                    2000
    36- Para el Círculo del Magiste-
        rio                                    2000
    37- Cinco bolsas de viaje desti-
        nadas a los alumnos que se
        distinguen en el Colegio Na-
        cional, en la Escuela Normal
        de Monteros, en la Escuela
        Pedagógica Sarmiento y en la
        Escuela Nacional de Comercio
        a $ 500 c/u                            2500
    38- A las Esclavas del Corazón de
        Jesús                                  2000
    39- Cuatro becas para estudio de
        agricultura a $ 20 c/u         80
    40- A José A. Gutierrez una sub-
        vención para hacer estudios
        artísticos en la Academia de
        Bellas Artes                   50
    41- Al Club de Gimnasia y Esgrima
        de Concepción                          1000
    42- A la Biblioteca Lucas A. Cór-
        doba de Villa General Mitre             500
    43- A la Biblioteca de Simoca     500
    44- A la Biblioteca de Bella
        Vista                         500
                                     7170     86040  100540
    
                          Inciso XVIII
    
               Servicio de deudas y uso del crédito
                  Empréstito para aguas potables
    
    Ítem 1º
    1 - Para servicio de los emprés-
        titos contraídos en virtud
        de leyes de 5 de Noviembre
        de 1895 y 18 de Octubre de
        1898 según arreglo con el
        Excmo. Gobierno de la Nación
        de 9 de Junio de 1906                 79318.75
    
                   Empréstito externo de 1909
                     Ley 6 de Junio de 1909
    
    Ítem 2º
    1 - Renta del 5% y amortización
        del 1% anual sobre francos
        25.000.000 o pesos 5.000.000
        oro                                  681818.18
    2 - Comisión de 1/2 % sobre ren-
        ta y amortización $1.500 oro           3409.09
                                            685227.27-685.227.27
    
                   Banco Hipotecario Nacional
    
    Ítem 3º
    1 - Casa comprada para los Tri-
        bunales, amortización e in-
        tereses                                4500
    
                    Intereses y Descuentos
    
    Ítem 4º
    1 - Para pago de intereses so-
        bre adelantos,descuentos de
        letras,cambios y otros gas-
        tos varios relativos a la
        deuda pública                         40000
                                             809046.02-809046.02
                          Total del Anexo B......... 3807.846.02
    
                          Inciso XIX
                      Banco de la Provincia
    
    Ítem 1º
    1 - Presidente                   1000     12000
    2 - Casa Central-personal        6140     73680
    3 - Sucursal Concepción-personal 1650     19800
    4 - Casa Central, gastos genera-
        les                                   18000
    5 - Sucursal Concepción- gastos
        generales                              7000
                                             130480  130480
    
                          Inciso  XX
                         Monte Pío Civil
    
    Ítem 1º
    1 - Presidente                    350
    2 - Secretario Tesorero           300
    3 - Tenedor de Libros             180
    4 - Ordenanza                      65
                                      895     10740   10740
    
    Ítem 2º
    1 - Gastos generales y de ofi-
        cina                           50       600     600
                                                        113.40
    1 - Ministerio                            39300
    2 - Administración de Justicia           457040
    3 - Justicia de Paz                      152740
    4 - Contaduría General                    57300
    5 - Dirección General de Rentas           63060
    6 - Tesorería General                     13080
    7 - Carcel Penitenciaria                  55800
    8 - Oficina de Estadística y del
        Trabajo                               22620
    9 - Archivo General                       22920
    10- Registro de Propiedades y
        Mandatos                              22320
    11- Registro Civil                        31860
    12- Educación Común                     1383760
    13- Academia de Bellas Artes              53640
    14- Universidad de Tucumán               128720
    15- Gastos varios                        250900
    16- Culto y Beneficencia                 143200
    17- Subvenciones                         100540
    18- Servicio de Deuda y Uso de
        Crédito                              809046.02
    19- Banco de la Provincia
        $ 130.480
    20- Monte Pío Civil $ 11.340
                   Total del Anexo B        3807846.02
         Resúmen General
        Recursos................................ 6476307.04
        Gastos - Anexo A $ 2576072
          "    - Anexo B " 3807846.02
                           6383918.02            6383918.02
                                     Superávit $   92389.02
    
       Art. 3º.-  Los  gastos  a que se refiere el Art. 2º serán
    atendidos con el propósito de los siguientes ramos:
    
              Cálculos de recursos para 1915
    
    1 - Contribución Directa $ 900.000. Propor-
        ción para las Municipalidades de la Ca-
        pital,Monteros y Concepción $ 35.000              865000
    2 - Patentes comerciales e industriales
        (destinadas al sostén y fomento de la
        educación común, de acuerdo con el Art.
        3º, Inciso 1º de la Ley de Subvenciones
        Nacionales del 4 de octubre de 1890)              680000                                                                                                            3 - Patente al azúcar                                1500000
    4 -   "     adicional al azúcar                       750000
    5 -   "     a la caña                                 321000
    6 -   "     adicional a la caña(Ley 27 de
        julio de 1909)                                    107000
    7 - Impuesto al alcohol                                90000
    8 - Papel Sellado y Estampillas, destinada
        al sostén de la educación primaria,(Ley
        del 4 de Octubre de 1890)                         400000
    9 - Impuesto a las herencías                           40000
    10- Impuestos a Irrigación (incluso atrasado)         200000
    11- Producido de aguas potables de Villa Mi-
        tre y otras de la Campaña                           5000
    12- Obras de Irrigación de Cruz Alta,(Leyes
        de 24 de Febrero de 1898 y de 30 de mar- 
    zo de 1900)                                         59625.20                                                          
    13- Cuota de los concesionarios de los Cana-
        les de Río Chico                                   20000
    14- Cuota de los concesionarios de los Cana-
        les de Marapa                                      20000
    15- Cuota de los concesionarios de los Cana-
        les de Chicligasta                                  6000
    16- Cuota de los concesionarios de los Cana-
        les de Leales                                       6000
    17- Certificados de transferencia                      50000
    18- Veeduría de marcas                                 30000
    19- Guías de ganados y frutos                          12000
    20- Certificados de cueros                             12000
    21- Boletas de marcas                                   4000
    22- Renovación de marcas                                2500
    23- Impuestos de carácter municipal                    20000
    24- Explotación de bosques y caleras                   50000
    25- Análisis químicos                                  15000
    26- Laboratorio de Bacteriología                        8000
    27- Arriendo de escribanías                             2400
    28- Inspección de Ferrocarriles                         6000
    29- Boletín Oficial                                    18000
    30- Academia de Bellas Artes                           30000
    31- Impuesto atrasados                                350000
    32- Subvención nacional para escuelas
        (destinadas a sostén de la educa-
        ción primaria,Ley 4 de octubre de
        1890)                                             266500
    33- Subvención nacional para la Academia                3600
    34- Banco de la Provincia(para servicio del        137045,45
        empréstito)
    35- Municipalidad(para servicio del emprés-
        tito)                                          109636,39
    36- Eventuales                                        280000
                                                      6476307,04
    
       Art. 4º.- Fíjase en cinco por mil la tasa del impuesto de
    Contribución Directa para el año 1915.
    
       Art. 5º.- Créase  un impuesto adicional de  medio centavo
    además del ya fijado en la Ley de Patentes vigente, por cada
    kilogramo de  azúcar  elaborado en la Provincia, en la zafra
    de 1915.
    
       Art. 6º.- Durante el año 1915, los concesionarios de agua
    de la  Provincia contribuirán a los gastos de administración
    general y particular de las aguas de dominio público con una
    cuota anual  de un peso con ochenta moneda nacional por uni-
    dad de  derecho  de  aprovechamiento, según el Art. 8º de la
    Ley de Riego.
    
       Art. 7º.- En  el año 1915 todo alcohol de buen gusto  que
    se fabrique  en  la provincia, abonará un centavo moneda na-
    cional por litro, en la forma y modo que lo establece la ley
    del 25  de  junio de 1910 y de acuerdo con el decreto regla-
    mentario dictado con fecha 1 de julio del mismo año.
    
       Art. 8º.- Autorízase al P.E. para fijar la cuota anual de
    prorrateo de los concesionarios de los canales de Río Chico,
    Marapas, Chicligasta  y  Leales,  en  la suma necesaria para
    hacer el  servicio  de amortización de intereses del emprés-
    tito realizado  en  virtud  de la Ley de fecha 6 de julio de
    1909, quedando derogada la disposición del artículo 46 de la
    Ley de  Riego  del 18 de marzo de 1897, en lo que respecta a
    los referidos canales.
    
       Art. 9º.- La cuota que a tal efecto  se fije no podrá ex-
    ceder de  diez pesos nacionales anuales por unidad, debiendo
    ser disminuida  a  medida que aumenten los servicios por los
    canales mencionados.
    
       Art. 10.- Los  Receptores de Rentas gozarán  como honora-
    rios por  las  sumas  que  perciban una comisión sujeta a la
    siguiente escala:
    Hasta $ 5000....................... .el 10%
     De   " 5001 a $10.000..............."   9%
     De   " 10.000 a$ 15.000............."   8%
     De   " 15.001 a $20.000............."   7%
     De   " 20.001 a $40.000............."   6%
     De   " 40.001 a $50.000............."   5%
     De   " 50.001 a $75.000............."   4%
     De   " 75.001 a $100.000............"   3%
     De   " 100.001  a $125.000.........."   2%
     De   " 125.001 en$ adelante........."   2%
       La liquidación de honorarios de Receptores se hará  dedu-
    ciendo del monto cobrado la suma  de los  períodos  íntegros
    que resulten según la escala y aplicando a esta suma el por-
    centaje que corresponda al último período, y  a la fracción,
    el  porcentaje  que  corresponda  al  monto. Suponiendo, por
    ejemplo que un receptor ha recaudado..............$  125.000
    y una fracción de período de......................$   20.000
    Se abona el 2 1/2 % sobre $ 125.000...............$    3.125
    y sobre la fracción de $ 20.000 el 2%.............$      400
                                          Total.......$    3.525
    
       Art. 11.- A  los efectos de la liquidación  definitiva de
    honorarios a  los  receptores,  se computará por separado lo
    cobrado por Contribución Directa y Patente, aplicando la es-
    cala que  a  cada  una  de estas ramas corresponda en la si-
    guiente forma:
       Por la  percepción de Contribución Directa los honorarios
    que resulten  a  favor de los Receptores según la precedente
    escala serán pagados en la proporción siguiente:
       Cuando la cobranza alcance a un 90 % del padrón, el 100 %
    de los honorarios.
       Cuando la  cobranza alcance a un 88 % del padrón, el 95 %
    de los honorarios.
       Cuando la  cobranza alcance a un 86 % del padrón, el 90 %
    de los honorarios.
       Cuando la  cobranza alcance a un 84 % del padrón, el 85 %
    de los honorarios.
       Cuando la  cobranza alcance a un 82 % del padrón, el 80 %
    de los honorarios.
       Cuando la  cobranza alcance a un 80 % del padrón, el 75 %
    de los honorarios.
       Cuando la  cobranza alcance a un 76 % del padrón, el 65 %
    de los honorarios.
       Cuando la  cobranza alcance a un 74 % del padrón, el 60 %
    de los honorarios.
       Cuando la  cobranza alcance a un 72 % del padrón, el 55 %
    de los honorarios.
       Cuando la  cobranza  no  alcance a un 70 % del padrón, el
    50 % de los honorarios.
       Por percepción  de  Patentes  comerciales e industriales,
    los honorarios  que resulten a favor de los receptores según
    la escala, se pagarán en la proporción siguiente:
       Cuando se  cobre  hasta un 96 % sobre el padrón, el 100 %
    de los mismos.
       Cuando se cobre hasta un 94 % sobre el padrón, el 94 % de
    los mismos.
       Cuando se cobre hasta un 92 % sobre el padrón, el 88 % de
    los mismos.
       Cuando se cobre hasta un 90 % sobre el padrón, el 81 % de
    los mismos.
       Cuando se cobre hasta un 88 % sobre el padrón, el 75 % de
    los mismos.
       Cuando se cobre hasta un 86 % sobre el padrón, el 69 % de
    los mismos.
       Cuando se cobre hasta un 84 % sobre el padrón, el 63 % de
    los mismos
       Cuando se cobre hasta un 82 % sobre el padrón, el 56 % de
    los mismos.
       Cuando la  cobranza  no  llegue a un 80 % del  padrón, el
    50 % de los mismos.
       La Dirección  General  de Rentas computará, a los efectos
    de este artículo, como valor cobrado por los Receptores, to-
    da ejecución  a  deudores morosos por Contribución Directa o
    Patente, que  haya  llegado al estado de embargo, aunque hu-
    biere sido suspendida por cualquier causa.
    
       Art. 12.- Queda autorizado el P.E. para ampliar, si fuere
    necesario, en  $  50.000  las  partidas 1 y 2 del Inciso XI,
    Anexo A, así como la partida del Ítem 1º, Inciso XIII, hasta
    la suma de $ 70.000.
    
       Art. 13.- Autorízase  al  P.E.  para anticipar  de Rentas
    Generales al  Departamento General de Irrigación, Hidráulica
    y Obras  Públicas, la suma de veinte mil pesos moneda nacio-
    nal, para  limpieza  y  reparación  de canales, y veinte mil
    pesos moneda  nacional, a la Cárcel Penitenciaria, para com-
    pra de  materiales,  sumas  que  serán  restituidas a Rentas
    Generales dentro del ejercicio del año 1915.
    
       Art. 14.- Autorízase  al  P.E. para procurarse  por medio
    del crédito  en  plaza y en los Bancos, las sumas necesarias
    para atender  al  servicio del Presupuesto de la Administra-
    ción del  ejercicio  de  1915,  dentro  de  los recursos del
    mismo.
    
       Art. 15.- La  inversión de los fondos que en  el Anexo A,
    Inciso XII  y  Anexo  B, Incisos XVI y XVII se destinan para
    nuevas obras  o  reparaciones o ampliaciones de las existen-
    tes, se  hará  con  intervención del Departamento General de
    Irrigación, Hidráulica y Obras Públicas de la Provincia.
    
       Art. 16.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
    
       Dada en  la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
    a veintidós días del mes de enero de mil novecientos quince.

  • Relaciones

    Modificada por Ley 1263
    Modificada por Ley 1269
    Modificada por Ley 1273
    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS Y CALCULOS DE RECURSOS PARA EL AÑO 1915.-

  • Observaciones