* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Autorízase al P.E. para adquirir por compra
o expropiación una fracción de terreno en la Ciudad de Mon-
teros con destino a un edificio para la escuela normal, pu-
diendo invertir por ese concepto hasta la suma de veintiocho
mil pesos m/n.
Art. 2º.- Autorízase igualmente al P.E. para hacer dona-
ción de dicho terreno al Consejo Nacional de Educación,
cuando lo considere oportuno y con el destino que se expresa
en el artículo anterior.
Art. 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la
presente ley se hará de Rentas Generales y se imputará a la
misma.
Art. 4º.- Comuníquese al P.E.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
a veintiséis de mayo de mil novecientos quince.