* CADUCA *
La H.S. de R.R. ha sancionado con valor y fuerza la
siguiente
L E Y:
Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo para invertir
en la construcción de mil lanzas destinadas al servicio de
la Provincia, la cantidad necesaria de la suma en que fuere
vendida la casa que, por muerte del Padre Fray Casimiro de
las Animas, ha correspondido al Fisco.
Art. 2º.- Comuníquese.
Sala de Sesiones, Tucumán, Febrero 1º de 1859.-