• Detalle de Ley

    Ley N°: 1281
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: NO GENERALES - CULTURA Y EDUCACION
    Sancionada: 23/12/1915
    Promulgada: 03/01/1916
    Publicada: 11/01/1916
    Boletin Of. N°: 0

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado y  Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.- Autorízase  al  P.  E.  a  hacer los gastos
    necesarios para  cumplir  la  ley  17 de agosto de 1908 y el
    decreto de  11 de Marzo de 1914, por el que se encarga a los
    señores Ramón Cordeiro y Carlos Dalmiro Viale la compilación
    ordenada de leyes del período constitucional de la Provincia
    de Tucumán, que comienza en el año 1852.
    
       Art.2º.- A  los  efectos del cumplimiento de esta ley, el
    P. E.  invertirá las utilidades de los Talleres de la Cárcel
    Penitenciaría, que  no  estén  comprometidas para gastos an-
    teriores a la misma y si éstas no fueren suficientes, podrán
    hacer uso  de    las    Rentas  Generales  de  la  Provincia
    
       Art.3º.- Comuníquese al P. E.
    
       Dada en  la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
    a veintitrés  días  del  mes de diciembre de mil novecientos
    quince.
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO A HACER LOS GASTOS NECESARIOS PARA CUMPLIR LA LEY DE 17 DE AGOSTO DE 1908 Y EL DECRETO DE 11 DE MARZO DE 1914, POR EL QUE SE ENCARGA A LOS SEÑORES RAMÓN CORDEIRO Y CARLOS DALMIRO VIALE LA COMPILACIÓN ORDENADA DE LEYES, DECRETOS Y MENSAJES.-

  • Observaciones