* DEROGADA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Créase una patente de mil pesos m/n a los
conchabadores de peones, en cada Departamento, siempre que
lo hagan para fuera de la Provincia.
Art. 2º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
a nueve días del mes de junio de mil novecientos dieciséis.