* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Ábrese un crédito extraordinario al Depar-
tamento de Gobierno, Fomento y Obras Públicas, por la canti-
dad total de ciento veinte mil doscientos cuarenta y un pe-
sos con tres centavos m/n ($ 120.241.03 m/n) para la termi-
nación de las obras del dique nivelador y afloramiento en el
Río Marapa, actualmente en construcción, autorizado por
Acuerdo de fecha 21 de Octubre de 1916.
Art. 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
sente ley, se hará de Rentas Generales con imputación a la
misma.
Art. 3º.- Comuníquese al P.E.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
a veintisiete días del mes de diciembre de mil novecientos
dieciocho.-