• Detalle de Ley

    Ley N°: 1319
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 26/05/1919
    Promulgada: 12/06/1919
    Publicada:
    Boletin Of. N°: 0

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado y Cámara de  Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.- Facúltase  al  Poder  Ejecutivo  a invertir
    hasta la suma de cien mil pesos moneda nacional en la adqui-
    sición de  medicamentos y ropas y para  efectuar los  gastos
    necesarios a fin de combatir las  pestes en el territorio de
    la Provincia.
    
       Art.2º.- Autorízase  al P.E. a  nombrar los  médicos  que
    considere  necesarios, así como  los guardas  sanitarios de-
    biendo estos últimos haber comprobado  anteriormente su pre-
    paración  en el desempeño de  sus funciones o mediante  exa-
    men ante el Consejo de Higiene.
    
       Art.3º.- Queda autorizado el P.E. para centralizar la di-
    rección  sanitaria  en todo  el territorio  de la  Provincia
    mientras subsistan las  causas que determinan la  sanción de
    la presente ley.
    
       Art.4º.- Declárase esta ley  de carácter urgente a los e-
    fectos del artículo 13 de la Ley de Presupuesto vigente.
    
       Art.5º.- Los gastos  que demande  el  cumplimiento  de la
    presente ley se harán de Rentas  Generales con imputación  a
    la misma.
    
       Art.6º.- El P.E. reglamentará la presente ley.
    
       Art.7º.- Comuníquese.
    
       Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a vein-
    tidós días del mes de mayo de mil novecientos diecinueve.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    DESTINA FONDOS PARA COMBATIR LAS PESTES REINANTES EN LA PROVINCIA.-

  • Observaciones