* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Acuérdase al Consejo Particular de las Con-
ferencias de San Vicente de Paúl, la suma de doce mil pesos
m/n, para el Asilo Maternidad, Sala-Cuna y Consultorio Ex-
terno.
Art. 2º.- Acuérdase la suma de doce mil pesos m/n para la
Gota de Leche y Consultorio Externo del Hospital de Niños.
Art. 3º.- Declárase esta ley de carácter urgente, a los
efectos del Art. 13 de la Ley de Presupuesto vigente.
Art. 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
sente ley, se hará de Rentas Generales y se imputará a la
misma.
Art. 5º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a die-
cisiete días del mes de julio de mil novecientos diecinueve.