* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Autorízase al P.E. para invertir hasta la
cantidad de quince mil pesos m/n, en la realización del pro-
grama formulado por la Comisión Pro- homenaje al General
Belgrano en el primer centenario de su muerte.
Art. 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
sente ley, se hará de Rentas Generales con imputación a la
misma.
Art. 3º.- Declárase esta ley de carácter urgente a los
efectos del Art. 13 de la Ley de Presupuesto.
Art. 4º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a vein-
titrés días del mes de junio de mil novecientos veinte.-