• Detalle de Ley

    Ley N°: 1327
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 14/10/1920
    Promulgada: 15/10/1920
    Publicada:
    Boletin Of. N°: 0

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de  Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.- Ábrese  un crédito extraordinario al Depar-
    tamento de  Gobierno,  Fomento y Obras Públicas, por la suma
    de tres  mil seiscientos ocho pesos con cincuenta y dos cen-
    tavos m/n  (3.608.52), para abonar cuentas que adeuda la Se-
    cretaría del  H.  Senado,  correspondientes  al ejercicio de
    1919.
    
       Art. 2º.- Se  declara esta ley de carácter urgente, a los
    efectos del Art. 13 de la Ley de Presupuesto vigente.
    
       Art. 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
    sente ley,  se  hará  de Rentas Generales y se imputará a la
    misma.
    
       Art. 4º.- Comuníquese.
    
       Dada en  la  Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a ca-
    torce días del mes de Octubre de mil novecientos veinte.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    OTORGA UN CREDITO EXTRAORDINARIO PARA PAGO DE DEUDAS PENDIENTES DE LA SECRETARIA DEL HONORABLE SENADO DEL EJERCICIO DEL AÑO 1919.-

  • Observaciones