* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Declárase de urgencia, a los efectos del
artículo 13 de la Ley General de Presupuesto, el gasto que
demande el pago del importe de un mes de sueldo a los em-
pleados declarados cesantes, conforme a lo dispuesto por la
Ley General de Monte Pío Civil y Pensiones, en su artículo
34.
Art. 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
sente ley se hará de Rentas Generales con imputación a la
misma.
Art. 3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a
treinta días del mes de diciembre de mil novecientos vein-
tidós.