* CADUCA *
La H. Sala de Representantes ha sancionado con valor y
fuerza la siguiente
L E Y :
Artículo 1º.- Ábrese un crédito suplementario de dos mil
quinientos pesos a la partida de Obras Públicas del Presu-
puesto de gastos del año corriente.
Art. 2º.- Ábrese otro suplemento de mil pesos para a
partida de Gastos Extraordinarios en el mismo Presupuesto.
Sala de Sesiones, Tucumán, Julio 17 de 1859.-