• Detalle de Ley

    Ley N°: 135
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 17/07/1859
    Promulgada: 18/07/1859
    Publicada:
    Boletin Of. N°: 0

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       La H.  Sala  de  Representantes ha sancionado con valor y
    fuerza la siguiente
    
                                L E Y :
    
       Artículo 1º.- Ábrese un crédito suplementario  de dos mil
    quinientos pesos a la  partida de Obras  Públicas del Presu-
    puesto de gastos del año corriente.
    
       Art. 2º.- Ábrese otro  suplemento  de mil  pesos  para  a
    partida de Gastos Extraordinarios en el mismo Presupuesto.
    
       Sala de Sesiones, Tucumán, Julio 17 de 1859.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    ESTABLECE UN CREDITO SUPLEMENTARIO A LA PARTIDA DE OBRAS PUBLICAS DEL PRESUPUESTO DE GASTOS DEL AÑO 1859.-

  • Observaciones

    COMPILACIÓN DE LEYES Y DECRETOS- TOMO 2- PAG. 265.-