* DEROGADA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Concédese a S.E. el señor Gobernador Doctor
Miguel M. Campero, el permiso solicitado, por el término de
dos meses, para ausentarse de la Provincia cuando estime
oportuno hacerlo, por razones de índole administrativa o de
cualquier orden.
Art. 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a vein-
tiuno de agosto de mil novecientos veinticuatro.