* DEROGADA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Suprímase el Ministerio de Obras Públicas e
Irrigación, creado por Ley de Presupuesto de 1923, vigente
para el año en curso.
Art. 2º.- Las oficinas y reparticiones dependientes de
dicho Ministerio pasarán a depender del que corresponda, de
acuerdo con la ley respectiva.
Art. 3º.- Los fondos asignados al Ministerio suprimido
que no hubieran sido ya imputados, ingresarán a Rentas Gene-
rales.
Art. 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
a veinte días del mes de agosto de mil novecientos veinti-
cuatro.