* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Amplíase en la cantidad de cinco mil ciento
noventa y siete pesos con cincuenta centavos moneda nacio-
nal, ($ 5.197.50 m/n.), la partida 1, ítem 2º, inciso 12,
Anexo B. de la Ley de Presupuesto vigente, para pagar a la
casa Prebisch y Violetto, el saldo que se le adeuda por con-
cepto de la confección e impresión de libros y formularios
suministrados en el año en curso, con destino al Registro
Civil.
Art. 2º.- Amplíase igualmente, en la cantidad de un mil
trescientos cincuenta y nueve pesos con setenta y cinco cen-
tavos moneda nacional ($ 1.359.75 m/n.), la partida 1, ítem
2º, inciso 9, Anexo B. de la expresada Ley de Presupuesto,
para pagar a la administración del diario "La Gaceta", el
saldo que se le adeuda por artículo de escritorios suminis-
trados a la Oficina de Estadística en el corriente año.
Art. 3º.- A los efectos del artículo 12 de la precitada
Ley de Presupuesto, declárase ésta de carácter urgente.
Art. 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
sente ley se hará de Rentas Generales y se imputará a la
misma.
Art. 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a vein-
titrés días del mes de octubre de mil novecientos veinti-
cuatro.