* DEROGADA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1o.- Hasta tanto se dicte una nueva Ley de Monte
Pío Civil, los maestros de instrucción primaria se jubilarán
con el 95 % del sueldo mensual que resulte del promedio
tomado de los cinco últimos años de servicios. Quedan com-
prendidos en los beneficios de la presente ley, todos los
maestros, aun aquellos que tengan en trámite sus expedientes
de jubilación, en los que no haya recaído resolución aproba-
toria definitiva del Poder Ejecutivo.
Art. 2º.- Comuníquese, etc.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a vein-
tiséis días del mes de junio de mil novecientos veinticinco.