* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Art. 1º.- Ábrese de Rentas Generales, un crédito extraor-
dinario al Ministerio de Hacienda, Obras Públicas e Indus-
trias, por la suma de seis mil pesos moneda nacional ($
6.000.00 m/n.) para reintegrar a la Partida 3, Inciso XI,
Ítem IV, Anexo A de la Ley de Presupuesto de 1923 vigente
para 1924, cuyo importe fue ya entregado al Departamento Ge-
neral de Irrigación y Aguas Potables, con destino a los tra-
bajos urgentes requeridos en los canales de Marapa.
Art. 2º.- Declárase esta Ley de carácter urgente.
Art. 3º.- Comuníquese al P.E.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a diez
días del mes de agosto de mil novecientos veinticinco.