* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Destínase hasta la suma de catorce mil pe-
sos m/n. de c/l., para la prolongación del camino de Los
Aguirre y Santa Bárbara hasta dar con el camino nacional,
debiendo construirse las obras y puente que el mismo requie-
ra.
Art. 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
sente ley se hará de Rentas Generales con imputación a la
misma.
Art. 3º.- A los efectos del artículo 14 de la Ley de Pre-
supuesto, declárase ésta de carácter urgente.
Art. 4º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a die-
ciséis de noviembre de mil novecientos veintiséis.