* CADUCA *
La Honorable Sala de Representante de la Provincia ha
sancionado con valor y fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Ábrese en crédito suplementario de tres mil
pesos a la partida votada en el presupuesto del presente año
para obras públicas.
Art. 2º.- Comuníquese.
Sala de Sesiones en Tucumán, Enero 26 de 1860.-