* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Destínase la suma de quince mil pesos mone-
da nacional ,en carácter de subsidio y por una sola vez, a
la Escuela Industrial de Huérfanas de esta ciudad.
Art.2º.- A los efectos del artículo 14 de la ley de pre-
supuesto vigente, declárase ésta de carácter urgente.
Art.3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
sente ley se hará de rentas generales con imputación a la
misma.
Art.4º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a die-
cisiete de julio de mil novecientos veintiocho.-