* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Destínase la suma de $ 20.347,24 moneda
nacional, a efectos de la dotación del servicio de aguas
corrientes a la Villa de San Pedro de Colalao, de acuerdo
al proyecto y presupuesto preparado por el Departamento de
Hidráulicas, Obras Públicas e Industriales, con cargo a
rentas generales.-
Art.2º.- Dicho gasto autorizado por el artículo primero
se imputará a esta ley, que se declara de urgencia, a los
fines del artículo 14 de la Ley de Presupuesto vigente.
Art.3º.- Comuníquese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a
diecisiete de octubre de mil novecientos veintiocho.-