* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Art. 1º.- Créanse y modifícanse en la ley de Presupuesto
en vigor las siguientes partidas:
ANEXO A
Inciso IV
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Ítem 1º.
Pda.16 - Encargado del Registro de Comercio $ 180.-
Item 2º.
Pda. 6 - Sobresueldo para el Secretario del
Registro de Comercio.............. $ 96.-
Ítem 3º.
Pda. 14.- Para muebles, útiles e instalaciones
del juzgado del crimen de Concepción,
por una sola vez..................... $ 3.000.-
Ítem 6º.
Pda. 1.- (bis) Gastos de etiqueta del señor Pre-
sidente de la Corte Suprema.......... $ 300.-
Inciso X
Ítem 1º.-
Pda. 3 .- (bis) Un médico legista, asesor judi-
cial................................ $ 700.-
Pda. 8 .- Seis auxiliares sanitarios, a $220 ca-
da uno, sin viático................... $ 1.320.-
Inciso XV
ÍTEM 1º.- (bis) AUMENTO PERSONAL NUEVA CARCEL
Pda. 1 .- Un sub-alcaide $ 280.-
Pda. 2 .- Mecánico electricista encargado de la
usina de la reparción de las maquina-
rias eléctricas y de la conservación
de las instalaciones............... $ 300.-
Pda. 3 .- Tres motoristas (turno de ocho horas,
a $ 180 c/u)......................... $ 540.-
Partida 5 Jefe de Cocina....................... " 150.-
Partida 6 Encargado de Depósito................ " 150.-
Partida 7 Un conserje.......................... " 140.-
Partida 8 seis celadores o guardianes a $ 120
c/u................................. " 720.-
Partida 9 Una requisadora..................... " 60.-
Partida 10 Chauffeur para camiones transporte
de presos.......................... " 170.-
Partida 11 Dos Chauffeurs a $ 150 c/u......... " 300.-
Ítem 3º
Partida 5 Modificar la leyenda en la siguiente
forma: "Manutención de presos y per-
sonal de servicio"
Partida 6 Instalación de un equipo para cale-
fección de hornos de la panadería
(por una sola vez, no rigiendo deduc-
ción de duodécimos)................. $ 8.000.-
Partida 7 Ampliación e instalación de una red
telefónica y timbre internos (por
una sola vez, no rigiendo deducción
de duodécimos)....................... " 5.000.-
Partida 8 Adquisición de un automóvil, para ser-
vicio de la Dirección (por una sola
vez).................................. " 3.000.-
Partida 9 Adquisición de un camión celular (por
una sola vez)....................... " 6.000.-
Partida 10 Adquisición de un camión de carga
(por una sola vez).................. " 6.000.-
Partida 11 Adquisición de camas de fierro, col-
chones de lana, almohadas, fundas e-
tcétera, para la misma, (por una so-
la vez, no rigiendo deducción de duo-
décimos)............................. " 4.650.-
Partida 12 Para adquirir muebles con destino a
las oficinas y para construcción en
los talleres de la cárcel, de mesas,
repisas y banquitos, destinados a la
celda (por una sola vez, no rigiendo
deducción de duodécimos)............. " 5.000.-
Partida 13 Para adquirir 200 candados, 300 platos
y servicios y 300 originales de latón
(por una sola vez, no rigiendo deduc-
ción de duodécimos.................. " 2.000.-
Pda. 14.- Para construcción de dos galpones de
zinc destinados a talleres provisorios
(no rigiendo deducción de duodécimos,
por una sola vez) "10.000,00
Pda. 15.- Para paga peculios por remoción de
tierra, arreglo de patios y jardines,
(por una sola vez, no rigiendo deduc-
ción de duodécimos).................. " 8.000.00
Pda. 16.- Para desmontaje, transporte y montaje
de las maquinarias de los distintos
talleres, de muebles, archivos, etc.
(por una sola vez, no rigiendo deduc-
ción de duodécimos)................. "15.000.00
Inciso XIX
Ítem 1º
Pda. 8.- Chauffeur.............................$ 170.00
Item 11 (bis) - Gimnasio 9 de Julio
Pda. 1 .-Vice director........................ " 200.00.-
Pda. 2 .-Mecánico Eléctricista................ " 120.00.-
Pda. 3 .-Celador.............................. " 120.00.-
Pda. 4 .-Peón................................. " 120.00.-
Pda. 5 .-Jardinero............................ " 120.00.-
GIMNASIO DE MONTEROS
Pda. 6 .-Director............................. " 200.00.-
GIMNASIO DE CONCEPCIÓN
Pda. 7 .-Director............................. " 200.00.-
(Todos los sueldos del presente item
entrarán a regir desde el 1º. de A-
bril de 1928).
Inciso XX, DEPARTAMENTO GENERAL DE POLICÍA
Ítem 1º
Pda. 8 .- (bis) Auxiliar de lª (Encarg. de la
Orden del día....................... " 200.00.-
Pda. 9 .- Un auxiliar de 3a................... " 150.00.-
Item 4º.
Pda. 8 .-Encargado del Depósito y Archivo.... " 250.00.-
Pda. 9 .-Auxiliar de 4a....................... " 125.00.-
Ítem 7º.
Pda. 2 .-(bis) Tenedor de Libros de 3a........ " 250.-
Ítem 9º
Pda. 11.-225 soldados a $ 100 c/u............. " 22,500.-
Ítem 10.-
Pda. 1 .-(bis) Para enseres y útiles del Cuerpo
de Bomberos (por una vez, no rigiendo
deducción de duodécimos)............. " 1,000.00.-
Item 16
Pda. 5 .-(bis) Alumbrado (por una sola vez,
no rigiendo deducción de duodéci-
mos)............................. " 3,300.00.-
Pda. 2 .- (bis) Manutención de presos, por
una sola vez no rigiendo deduc-
ción de duodécimos............... " 10,000.00.-
Ítem 17
Pda. 1 .-(bis)Alquileres campaña (por una
sola vez, no rigiendo deducción de
duodécimos........................ " 3,000.00.-
Pda. 2 .-(bis) Gastos generales, forraje, a-
lumbrado, etc. (por una sola vez,
no rigiendo deducción de duodécimos) " 6,000.00.-
Inciso XXIV
Ítem 1º
Pda. 23.-A la Biblioteca Alberdi, ampliada a " 1,000.00.-
Pda. 27.-A la Biblioteca de Concepción " 2,400.00.-
Pda. 40.-A la Biblioteca de Trancas, (por una
sola vez, no rigiendo deducción de
duodécimos).......................... " 500.00.-
Pda. 40- (bis)- A la Biblioteca Marcos Avella-
neda de los Talleres de Tafí Viejo (por
una sola vez, no rigiendo deducción de
duodécimos)........................ " 500.00.-
Pda. 42.-(bis) A la Biblioteca 25 de Mayo, de
La Cocha, (por una sola vez, no ri-
giendo deducción de duodécimos)...... " 1,500.00.-
Pda. 43.-(bis) A la Biblioteca de Medinas..... " 100.-
ANEXO B
Inciso VIII
Ítem 3º.
Pda. 2.-Tres Inspectores a $ 300 c/u........... " 900.-
Pda. 5.-Diez compartidores a $ 200 c/u......... " 2,000.-
Art.2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
sente ley, se hará de rentas generales con imputación a la
misma.
Art.3º- Declárase esta ley de carácter urgente.
Art.4º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la H Legislatura a dieci-
siete de Octubre de mil novecientos veintiocho.-