• Detalle de Ley

    Ley N°: 1468
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: NO GENERALES - CULTURA Y EDUCACION
    Sancionada: 22/06/1929
    Promulgada: 26/06/1929
    Publicada: 22/07/1929
    Boletin Of. N°: 6182

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado  y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.- Destínase la suma de cinco mil pesos moneda
    nacional, en  la  adquisición del documento histórico, refe-
    rente a  la comunicación que hiciera el  Gobierno de Cuyo al
    Director Supremo  de  las  Provincias  Unidas  del Río de la
    Plata, don  Juan Martín  de Pueyrredón, haciéndole saber  la
    declaratoria de  la Independencia Argentina, ofrecida por el
    señor don Juan Bautista Bascary.-
    
       Art.2º.- El  gasto que demande el cumplimiento de la pre-
    sente ley,  se  hará de rentas generales con imputación a la
    misma.-
    
       Art.3º.- A  los efectos del artículo 14 de la Ley de Pre-
    supuesto vigente, declárase esta de carácter urgente.-
    
       Art.4º.- Comuníquese.
    
       Dada en la sala de sesiones de la H. Legislatura, a vein-
    tidós de junio de mil novecientos veintinueve.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    DESTINA UNA SUMA DE DINERO PARA LA ADQUISICIÓN DEL DOCUMENTO HISTÓRICO, REFERENTE A LA COMUNICACIÓN QUE HICIERA EL GOBIERNO DE CUYO AL DIRECTOR SUPREMO DE LAS PROVINCIAS UNIDAS DEL RÍO DE LA PLATA, DON JUAN MARTÍN DE PUEYRREDÓN, HACIÉNDOLE SABER LA DECLARATORIA DE LA INDEPENDENCIA ARGENTINA, OFRECIDO POR EL SEÑOR DON JUAN BAUTISTA BASCARY.-

  • Observaciones