* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Acuérdase a don José Estratón Lobo, nieto
de don Juan Francisco Lobo, la suma de dos mil pesos moneda
nacional, en pago de los servicios de proveeduría al Ejér-
cito Patriota.
Art.2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
sente ley, se hará de rentas generales con imputación a la
misma.
Art.3º.- Declárase la presente de carácter de urgente, a
los efectos del artículo 14 de la Ley de Presupuesto.
Art.4º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura a
seis de septiembre de mil novecientos veintinueve.-