• Detalle de Ley

    Ley N°: 1484
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: PUBLICO MUNICIPAL Y COMUNAL - CONSTITUCIONAL
    Sancionada: 09/05/1930
    Promulgada: 10/05/1930
    Publicada: 12/05/1930
    Boletin Of. N°: 6420

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado  y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.-  Declárase  intervenida la Municipalidad de
    la Capital  de acuerdo al artículo 142 de la Ley Orgánica de
    las Municipalidades.
    
       Art.2º.- El Comisionado que se designe, se hará cargo del
    Gobierno Municipal,  de acuerdo con lo dispuesto en el artí-
    culo 144 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
    
       Art.3º.- El Poder Ejecutivo dispondrá se convoque a elec-
    ciones para  la organización de las autoridades municipales,
    en un  plazo que no podrá exceder del primer domingo del mes
    de mayo del año próximo venidero.
    
       Art.4º.- El Comisionado procederá a cobrar la renta muni-
    cipal, de  acuerdo  con  la ordenanza vigente hasta el 1º de
    Abril del corriente año.
    
       Art.5º.- Declárase suspendido por noventa días el trámite
    de las ejecuciones seguidas ante la municipalidad.
    
       Art.6º.- Los  gastos  que  demande  el cumplimiento de la
    presente ley, se harán de Rentas Generales con  imputación a
    la misma.
    
       Art.7º.- Derógase  todas las disposiciones que se opongan
    a la presente ley.
    
       Art.8º.- Comuníquese.
    
       Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura a
    nueve días del mes de mayo de mil novecientos treinta.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    ORDENA LA INTERVENCIÓN DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CAPITAL DE ACUERDO AL ART.142 DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES.-

  • Observaciones